Tanto en el momento de su contratación, cualquiera que sea la modalidad o duración de ésta, como cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe o se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo. La formación deberá estar centrada específicamente en el puesto de trabajo o función de cada trabajador, adaptarse a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos y repetirse periódicamente, si fuera necesario.

La formación de cursos requeridos y recomendados [...] deberá impartirse, siempre que sea posible, dentro de la jornada de trabajo o, en su defecto, en otras horas pero con el descuento en aquélla del tiempo invertido en la misma. La formación se podrá impartir por la empresa mediante medios propios o concertándola con servicios ajenos, y su coste no recaerá en ningún caso sobre los trabajadores.

La formación e información en prevención de riesgos laborales es necesaria para que los trabajadores sean conscientes de los riesgos en la realización de sus tareas y conozcan las medidas de prevención y o corrección adoptadas. Con la formación se pretende desarrollar las capacidades y aptitudes de los trabajadores para la correcta ejecución de las tareas que les son encomendadas. [...] también un objetivo esencial de las acciones informativas y formativas bien planificadas es lograr un cambio de actitudes favorable, para que tanto mandos como trabajadores se impliquen y asuman que la prevención de riesgos laborales es esencial para el
logro de un trabajo bien hecho.

Por su parte, corresponde a cada trabajador, de conformidad con su formación y las instrucciones del empresario, velar por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellos a los que pueda afectar su actividad profesional, según sus posibilidades y mediante el cumplimiento de las medidas de prevención adoptadas (art. 29 LPRL).

Más allá de los requisitos legales, los principios de la Política de Prevención de Riesgos Laborales de la Empresa establecen que la prevención de riesgos laborales se considera al mismo nivel que la producción y la calidad y que la formación e información son cruciales para el desarrollo de la política preventiva y la implantación de un sistema de gestión de la prevención, por lo que se llevarán a cabo los programas de formación e información adecuados a la estructura organizativa de la empresa y a los riesgos de su actividad productiva.

Además de lo anterior, este Procedimiento2 pretende superar el mero cumplimiento de las obligaciones legales de formación en la materia y pone a disposición de toda la estructura jerárquica una serie de acciones formativas que superan dichos niveles mínimos.

La formación en prevención de riesgos laborales debe estar en continuo desarrollo, creando nuevas acciones formativas y actualizando las existentes. Este Procedimiento tiene, por tanto, carácter básico, por lo que será complementado con desarrollos futuros para promover la máxima consecución de los objetivos de la Política Preventiva de Adif.