CGT ha interpuesto ante la Audiencia Nacional demanda de conflicto colectivo ante la reiterada y generalizada falta por parte de la empresa de los dos días de formación que deben de constar en los gráficos de conducción anualmente.
El Acuerdo de Desarrollo Profesional establece en su apartado 4º “Condiciones Laborales” referido al personal de conducción, y en su punto 4.1.5 donde se regulan las jornadas de formación, el siguiente literal: “La jornada anual será la definida en la referencia teórica fijada en Convenio colectivo. Dentro de esta jornada, se establecerán dos jornadas anuales para Formación y Comunicación específica del negocio y/o de Seguridad en la Circulación.”.
La realidad demuestra que la empresa obvia de forma constante y generalizada esta obligación, (demostrativo de la falta de personal existente en conducción, y del que lamentablemente, no se escapa ningún colectivo de la empresa), va en detrimento de un derecho formativo, que además afecta a un colectivo esencial y directamente relacionado con la seguridad en la circulación.
Desde CGT hemos intentado de forma reiterada que la empresa cumpla lo que ella misma firma, reclamándolo por escrito a la empresa e introduciendo el punto en diversos comités provinciales, llegando a presentar comisión de conflictos obteniendo siempre una negativa por respuesta, ello incluso constando requerimientos de inspección de trabajo ante las denuncias interpuestas en este sentido.
Desde CGT esperamos que esta acción jurídica acabe obligando tanto a RENFE VIAJEROS como RENFE MERCANCIAS a dar cumplimiento a lo normado grafiando las dos jornadas anuales, y a valorar la importancia de la formación de un colectivo que no puede ser menoscabada por una nefasta gestión de los recursos humanos perpetuada en el tiempo.
CON LA FORMACIÓN NO SE JUEGA.
VEN A LUCHAR CON CGT