Como todos sabemos la Empresa siempre va realizando acciones no permitidas por nuestra normativa laboral, ni por la legislación vigente, sabiendo que mayoritariamente se quedan en una queja o pataleta. Por eso este Sindicato, todo lo que no se pueda conseguir contra este tipo de actuaciones, con el esfuerzo colectivo (al resto de Sindicatos no les interesa nunca esa opción), recurre a la Inspección o a los Juzgados.

Hace un tiempo ya se ganaron una serie de sentencias contra un acoso laboral (que supuso un duro proceso para trabajador afectado) y dos casos de sustitución de trabajadores en huelga.

Recientemente hemos ganado una sentencia (avalada por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya) en la que se deja claro que la postura de la empresa, en el caso de huelgas, de que como en los servicios mínimos de ADIF no se establecen trenes, cualquier circulación que las operadoras establezcan debe ser garantizada, supone la vulneración de un derecho fundamental como es el de huelga. El caso que motivó esa demanda la Empresa no solo vulneró ese derecho, también actuó contra el trabajador afectado sancionándolo, en espera de juicio y que esta sentencia ayudará a su sobreseimiento.

Tras esta sentencia, loa trenes que no figuren en mínimos no deben de circular y si recibimos orden de que lo hagan, se deberá dar por escrito y así la debemos de exigir a efectos de que conste la vulneración del derecho de huelga. También recientemente hemos ganado una sentencia de sustitución de un trabajador de Circulación en huelga. La empresa no asignó nadie con servicios mínimos, y a la vez, querían que los trenes circulasen y buscaron a alguien para realizar el trabajo que le correspondía a ese trabajador en huelga.

Todas estas sentencias suponen un aval en defensa de los derechos de los trabajadores/as y suponen el abono de la correspondiente indemnización para el sindicato y también para el trabajador/a afectado. Eso sí, hay que tener la voluntad y poner el trabajo necesario para la presentación de la demanda con toda la argumentación y solidez necesaria (y ambas cosas solo la aporta CGT).

Os animamos a comunicar todo este tipo de situaciones, para poder asesoraros debidamente y actuar en consecuencia.

EL DERECHO FUNDAMENTAL DE HUELGA DEBE SER RESPETADO.
CGT SÍ LO HACE, EL RESTO NI ESTÁ NI SE LE ESPERA.AFÍLIATE A CGT.