Esta mañana hemos alcanzado conciliación en sede judicial respecto de las impugnaciones de convenio planteadas por CGT, obteniendo avenencia entre las partes y solventando la ilegalidad que se venía produciendo.
El quid de la cuestión radica en que, tanto el preaviso de 48 horas relativo al colectivo de supervisores a bordo respecto de los descansos detraibles, como el preaviso de 36 horas del colectivo de intervención en ruta que presta servicio efectivo en UN de grandes líneas, suponen distribución irregular de la jornada y por ello, deben mediar las prescripciones mínimas del artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores, que en definitiva es que deben mediar al menos 5 días para poder preavisar adecuadamente, siendo el texto del acuerdo, el siguiente:
« Las partes acuerdan a la vista de la modificación del artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores, en virtud del RD-Ley 16/2013 de 20 de diciembre, que ha producido la alteración sobrevenida de lo dispuesto en los acuerdos “Norma Reguladora del Colectivo de Intervención en ruta que preste servicio efectivo en gráficos de la U.N. de Grandes Líneas” Cláusula III, apartado 7º y “ Reordenación del Colectivo de Supervisor de Servicios a Bordo” artículo I.2, que fueron incorporados respectivamente a los Convenios Colectivos XIV y XV, de Renfe, teniendo en cuenta su valor normativo de convenio colectivo y su sometimiento a las normas de mayor rango jerárquico y dado que la mesa de adecuación normativa emanada del II Convenio colectivo de grupo renfe no ha culminado sus trabajos a día de hoy, la modificación de dichos acuerdos adecuando el plazo de preaviso mínimo previsto en la cláusula y artículo citados al del artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores, quedando establecido en al menos cinco días”.
Este acuerdo supone un avance importante de cara a la conciliación familiar que la empresa y los componentes de la mesa de adecuación de normativa (CGT estamos excluidos de la misma) habían olvidado introducir o adecuar, tras el reconocimiento del derecho. Desde CGT, entendemos que esta falta de adecuación normativa tiene que ver con el ingente trabajo que la mesa tiene que desarrollar, pasándoseles por alto la evidente problemática. Probablemente puede que existan más vulneraciones que dicha mesa no detecta, pero desde CGT, con menos medios, pero con tesón, iremos detectando y corrigiendo.
En resumen, este acuerdo supone que, a partir de hoy, la empresa viene obligada a preavisar la jornada en estos plazos, de no ser así, se entiende que la jornada no ha sido figurada y queda sin efecto la comunicación que realice vulnerando este preaviso mínimo.

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