El SFF-CGT te ayuda a reclamar a la Agencia Tributaria la devolución del IRPF de la prestación de maternidad.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección Segunda del TS en su Sentencia núm. 1.462/2018 ha dictaminado que “las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del IRPF.” Por lo que todas aquellas personas que hayan tenido que presentar autoliquidaciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, deben reclamar a la Agencia Tributaria las cantidades correspondientes para que se regularice de acuerdo a lo que marca la sentencia del Tribunal Supremo.
Para reclamar las cantidades correspondientes a las prestaciones por maternidad cobradas desde el año 2014 e incluidas en las declaraciones de la Renta, solamente se tiene que rellenar con los datos que corresponden el modelo que CGT te ofrecemos y que adjuntamos como Anexo I.
Cabe la posibilidad de que se desconozcan los importes que se pueden reclamar, cuestión ésta que no es imprescindible que se indiquen, siendo la propia Agencia Tributaria la que efectúe el cálculo.
El escrito debe ser presentado en la Delegación de la Agencia Tributaria que corresponda en función del lugar de residencia. También puede presentarse a través de su sede electrónica si se cuenta con certificado electrónico de identificación, DNI electrónico o Cl@ve PIN.
¡ELIGE A QUIEN DEFIENDE TUS DERECHOS Y NO, A QUIENES DEFIENDEN SUS INTERESES!