CGT ha pedido la reunión de la Comisión Negociadora del C. Colectivo para negociar la reducción de la jornada laboral de todas/os las/os ferroviarias/os, de acuerdo con la reciente publicación de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de PGE para el año 2018, BOE núm. 161 de miércoles 4 de julio de 2018, en el que se establece mediante la Disposición Adicional centésima cuadragésima una jornada semanal de 37 horas y media, con el siguiente literal:

“Disposición adicional centésima cuadragésima cuarta. Jornada de trabajo en el Sector Público.
Uno. A partir de la entrada en vigor de esta Ley, la jornada de trabajo general en el sector público se computará en cuantía anual y supondrá un promedio semanal de treinta y siete horas y media, sin perjuicio de las jornadas especiales existentes o que, en su caso, se establezcan.
A estos efectos conforman el Sector Público:
… c) Los organismos autónomos, las entidades públicas empresariales, las autoridades administrativas independientes, y cualesquiera entidades de derecho público con personalidad jurídica propia dependientes o vinculadas a una Administración Pública o a otra entidad pública…
Cuatro. Quedan sin efecto las previsiones en materia de jornada y horario contenidas en los Acuerdos, Pactos y Convenios vigentes o que puedan suscribirse que contravengan lo previsto en esta disposición.”

A la vista de lo regulado, y en pos del Principio de Jerarquía Normativa vemos que la medida tiene aplicación inmediata con respecto de la publicación de la presente Ley, al ser RENFE y ADIF Entidades Público Empresariales quedan sujetas al presente precepto legal, siendo así, y en aplicación de lo dispuesto entendemos que lo regulado por convenio queda sin efectos, instando al efecto la negociación precisa para determinar los extremos necesarios para poder aplicar, diligente y adecuadamente, lo establecido en la presente ley.

Por lo anterior, hemos instado a las distintas Direcciones para que se aborden las negociaciones tendentes a adecuar la jornada en estas EPE a lo establecido en el marco legal vigente, y se negocie con el objetivo de aplicar lo dispuesto en la presente ley a las Entidades Públicas Empresariales a las que pertenecemos. Esta medida abre un abanico de posibilidades a la hora de negociar en los convenios un asunto tan importante como es el de la jornada. Algo que desde CGT venimos demandando, junto a la necesidad de introducir cambios en materia de jornada, en especial para los trabajadores con turnos rotativos.

Desde CGT confiamos que esta demanda sea tenida en cuenta a la máxima brevedad posible y los ferroviarios y ferroviarias podamos disfrutar de una reducción en nuestra jornada laboral.

TUS DERECHOS, SIEMPRE CON CGT