CGT pidió que se declarara que el cómputo de los permisos por matrimonio, nacimiento y fallecimiento, se iniciara el primer día laborable al hecho causante cuando éste sucediese en día no laborable. El Tribunal Supremo nos da la razón y el SEMAF publicita el derecho olvidándose de que la “parte demandante” tiene nombre: CGT.
Enlace de la sentencia: http://cgt.org.es/sites/default/files/Sentencia_TS_13_02_2018_dies_a_quo.pdf
Enlace al comunicado nº 36: http://www.sff-cgt.org/comunicado.php?indice=1176
El pasado 22 de marzo, CGT ya envió sendas cartas a las direcciones de las empresas para que aplicaran este derecho a las/os ferroviarias/os.
¡CGT, GARANTÍA DE PROGRESO EN LOS DERECHOS!