Comunicados
RENFE | 49 30/06/2026
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OEP COMERCIAL: AS脥 NO Cuando una persona se presenta a una Oferta P煤blica de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, m茅rito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situaci贸n generada en torno a la prueba psicot茅cnica ha abierto una duda que nunca debi贸 producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa p煤blica.
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: nunca miramos hacia otro lado cuando se pone en cuesti贸n la confianza en un proceso selectivo. Ya, en otras ocasiones, acudimos al Defensor del Pueblo o al Tribunal Supremo.
TRANSPARENCIA DESDE EL PRIMER D脥A
El SFF-CGT ya trasladamos a la Direcci贸n de Selecci贸n, antes de que esta situaci贸n alcanzara la dimensi贸n actual, varias cuestiones que venimos reclamando desde hace a帽os: publicaci贸n de plantillas correctoras, revisi贸n real de ex谩menes, respuesta motivada a las reclamaciones y posibilidad de revisi贸n telem谩tica para quienes no puedan desplazarse a Madrid.
No son peticiones nuevas. Son medidas b谩sicas para evitar que las personas aspirantes tengan la sensaci贸n de participar a ciegas. Porque todo proceso selectivo debe permitir comprobar, reclamar y defender los derechos de cada participante.
RENFE ES LA RESPONSABLE FINAL
Es Renfe quien convoca, quien licita y quien debe garantizar que todo el proceso se desarrolle con seguridad, trazabilidad y control suficiente. Hay que esclarecer qu茅 ha ocurrido, revisar la custodia de las pruebas, analizar las reclamaciones presentadas y depurar responsabilidades si corresponde.
Valoramos que cualquier decisi贸n se adopte con respaldo jur铆dico y sin precipitaci贸n. Pero la seguridad jur铆dica no puede convertirse en una forma elegante de aplazar explicaciones.
LAS PERSONAS ASPIRANTES NO PUEDEN PAGARLO
Quienes se han presentado a esta convocatoria no pueden cargar con las consecuencias de una gesti贸n que no ha ofrecido todas las garant铆as necesarias. No se puede resolver una duda generando otra mayor, ni cerrar el problema con una soluci贸n que acabe trasladando la inseguridad a quienes menos responsabilidad tienen. Necesitan certezas, no silencios.
NO M脕S PROCESOS SIN GARANT脥AS
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo procesos selectivos limpios, transparentes y con garant铆as reales. Acceder al empleo p煤blico no puede convertirse en un acto de fe. Si Renfe exige esfuerzo, preparaci贸n y confianza a las personas aspirantes, tambi茅n debe ofrecer transparencia, respuestas y seguridad en cada fase del proceso.
SFF-CGT. HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 23/06/2026 | 48 UN BARCO EST脕 SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS | RENFE 23/06/2026 | 47 EL CONVENIO EN V脥A MUERTA (I). LA LOTER脥A DE LAS MOVILIDADES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauraci贸n y atenci贸n a bordo de los trenes y log铆stica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, n煤mero 222, viernes 13 de聽septiembre聽2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalizaci贸n del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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SECTOR JUBILARSE, CUANTO ANTES, PARA VIVIR | 39 2026-05-04 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 11 veces | Las recientes tragedias en Adamuz y Gelida han dejado una cicatriz duradera en el sector del ferrocarril. Decenas de vidas segadas y tres compa帽eros fallecidos no son "incidencias del servicio"; son la prueba irrefutable de que, hoy por hoy, trabajar en el sector es una actividad de riesgo. Desde el SFF-CGT tenemos claro que hay que elevar el nivel de exigencia mientras nuestras vidas est茅n en juego.
El 9 de febrero las centrales sindicales SEMAF, UGT y CCOO y el Ministerio de Transportes, Adif y Renfe firmaron un acuerdo con la que daban por cerradas sus discrepancias en materia de seguridad y condiciones laborales. En este acuerdo se recog铆a literalmente: 鈥淐on el fin de garantizar un criterio uniforme y no discriminatorio del sector ferroviario, instar a los Departamentos ministeriales competentes a la aplicaci贸n del art铆culo 3 del RD 2621/1986 a todas las personas trabajadoras que ostentan las categor铆as establecidas en dicho precepto o realicen las mismas funciones a煤n con denominaci贸n diferente de la categor铆a, y que presten servicios en cualquiera de las empresas ferroviarias que operen en l铆neas interoperables y/o en la RFIG鈥. (es decir, los colectivos que ya tienen reconocida la reducci贸n de la edad m铆nima de jubilaci贸n se acoger谩n a esa jubilaci贸n anticipada independientemente de la empresa en la que trabajen o del nombre de su categor铆a, pero no se trabaja en ampliar a otros colectivos ferroviarios).
隆EXIGIMOS COEFICIENTES REDUCTORES YA!
Desde el SFF-CGT apostamos por garantizar un criterio uniforme y no discriminatorio en el conjunto del sector ferroviario. Por estos motivos hemos remitido una carta formal a la Direcci贸n de las diferentes empresas del sector ferroviario instando al inicio inmediato del procedimiento con el fin de determinar los coeficientes reductores aplicables a todos los colectivos y poder as铆 reducir la edad de jubilaci贸n de nuestras plantillas.
Turnicidad, riesgo el茅ctrico, vibraciones, sustancias toxicas o cancer铆genas (como el amianto o la s铆lice), arrollamientos, trabajos a la intemperie, nocturnidad, bipedestaci贸n prolongada, ruido, carga mental elevada鈥 La ley es clara y nuestro diagn贸stico tambi茅n:
鈥 Peligrosidad y mortalidad: El desempe帽o ferroviario actual encaja perfectamente en los supuestos de la norma, al acusar elevados 铆ndices de morbilidad y mortalidad.
鈥 Definiciones de riesgo: El RD reconoce como penosidad el esfuerzo constante bajo condiciones extremas y como peligrosidad los trabajos susceptibles de causar accidentes laborales con mayor frecuencia.
鈥 Justicia Social: No pedimos privilegios; exigimos que se apliquen los coeficientes reductores que compensen la penosidad, toxicidad y peligrosidad de nuestras funciones.
隆LAS EMPRESAS FERROVIARIAS NO PUEDEN MIRAR HACIA OTRO LADO!
El procedimiento legal exige que las empresas (p煤blicas y privadas) y los sindicatos act煤en de forma conjunta. Por ello, desde el SFF-CGT emplazamos a las empresas a que dejen de priorizar los balances econ贸micos sobre la vida de las personas trabajadoras y hagan lo que est茅 en su mano para devolver a las personas trabajadoras el esfuerzo que realizan a diario, ayudando a implementar medidas que garanticen un retiro digno y con plenos derechos.
La norma establece que la edad ordinaria de jubilaci贸n podr谩 rebajarse hasta los 52 a帽os en los casos m谩s graves. Es una cuesti贸n de dignidad: tras d茅cadas de servicio en condiciones de insalubridad y riesgo, las ferroviarias y ferroviarios merecen un descanso que no llegue cuando ya es demasiado tarde.
Comunicado Anexo 1

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