Comunicados
RENFE | 53 01/08/2026
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LA AFILIACI脫N DEL SFF-CGT SUSCRIBE EL IV CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO RENFE Desde la madrugada del mi茅rcoles, el Grupo Renfe cuenta con un nuevo preacuerdo de convenio colectivo.
No es que las partes decidieran madrugar para negociar, sino que la reuni贸n iniciada el martes a las 10:00 finaliz贸 pasadas las 5:00 de la ma帽ana del d铆a siguiente. Lo que parec铆a una inocente reuni贸n cuyo orden del d铆a era un lac贸nico 鈥淓stado del IV Convenio Colectivo鈥 y cuyo material de trabajo eran unos borradores sobre los protocolos de acoso y desconexi贸n digital se torn贸 en una vor谩gine de entregas de documentaci贸n para su an谩lisis y respuesta cuasiinmediata.
Desde el SFF-CGT nos gustar铆a que el conjunto de organizaciones del Comit茅 General de Empresa dejara de plegarse a estas pr谩cticas coercitivas de la direcci贸n. Como manifestamos in situ, la reuni贸n debi贸 haberse suspendido por la tarde para continuar en los d铆as siguientes. Es imposible mantener durante horas una negociaci贸n rigurosa y hacer aportaciones de calidad a textos de decenas de p谩ginas. Renfe lo sabe y las organizaciones mayoritarias lo permiten. Si ten铆an prisa por aprobar y remitir el convenio antes de agosto, que nos hubieran convocado una semana antes.
Pese a que las formas estuvieron muy lejos de ser las adecuadas, el fondo s铆 nos parec铆a aceptable, as铆 que solicitamos valorar nuestra adhesi贸n al preacuerdo. Nuestra organizaci贸n, a diferencia de otras, consulta a su afiliaci贸n cuando hay que estudiar y considerar un convenio.
Tras este proceso participativo, la afiliaci贸n ha decidido ratificar el texto, valorando los avances que ven铆amos demandando p煤blicamente y las mejoras transversales aplicables al conjunto de las personas trabajadoras:
鈥 Protecci贸n del personal de Rodalies, tras incorporarlos al 谩mbito de aplicaci贸n del convenio.
鈥 Desarrollo de la carrera profesional de los CGO: Clasificaci贸n profesional propia, largamente
demandada, que comprende funcionalmente todos los 谩mbitos y desarrolla el sistema retributivo.
鈥 Nuevo sistema de primas variables: Traspaso de casi la mitad de la prima variable a un complemento
fijo que asegura el cobro de un importe significativo mes a mes.
鈥 Nueva movilidad geogr谩fica continua: Trazable, sin trabas injustificadas a la participaci贸n.
鈥 Horas anuales remuneradas para especialistas y pruebas diagn贸sticas: 15 horas anuales, una carencia
hist贸rica en Renfe frente al resto de la Administraci贸n P煤blica.
Aun as铆, este convenio incluye puntos que han generado controversia o que no son tan positivos como pretenden vender otras organizaciones. Somos conscientes de que quedan materias pendientes sobre las que ser谩 necesario seguir trabajando durante su vigencia y en los convenios futuros.
Por ello, nuestra organizaci贸n participar谩 activamente en todas las mesas en las que ahora tendremos presencia. Marcando prioridades, aportando, incidiendo, criticando y metiendo el dedo en la llaga como siempre. Aqu铆 empieza un nuevo convenio.  COMUNICADO
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 RENFE 22/07/2026 | 52 PRIMER BALANCE DE LA CAMPA脩A SOBRE CLIMATIZACI脫N A BORDO DE LOS TRENES | RENFE 13/07/2026 | 51 OEP COMERCIAL: EMPRENDIENDO ACCIONES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauraci贸n y atenci贸n a bordo de los trenes y log铆stica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, n煤mero 222, viernes 13 de聽septiembre聽2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalizaci贸n del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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SECTOR JUBILARSE, CUANTO ANTES, PARA VIVIR | 39 2026-05-04 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 11 veces | Las recientes tragedias en Adamuz y Gelida han dejado una cicatriz duradera en el sector del ferrocarril. Decenas de vidas segadas y tres compa帽eros fallecidos no son "incidencias del servicio"; son la prueba irrefutable de que, hoy por hoy, trabajar en el sector es una actividad de riesgo. Desde el SFF-CGT tenemos claro que hay que elevar el nivel de exigencia mientras nuestras vidas est茅n en juego.
El 9 de febrero las centrales sindicales SEMAF, UGT y CCOO y el Ministerio de Transportes, Adif y Renfe firmaron un acuerdo con la que daban por cerradas sus discrepancias en materia de seguridad y condiciones laborales. En este acuerdo se recog铆a literalmente: 鈥淐on el fin de garantizar un criterio uniforme y no discriminatorio del sector ferroviario, instar a los Departamentos ministeriales competentes a la aplicaci贸n del art铆culo 3 del RD 2621/1986 a todas las personas trabajadoras que ostentan las categor铆as establecidas en dicho precepto o realicen las mismas funciones a煤n con denominaci贸n diferente de la categor铆a, y que presten servicios en cualquiera de las empresas ferroviarias que operen en l铆neas interoperables y/o en la RFIG鈥. (es decir, los colectivos que ya tienen reconocida la reducci贸n de la edad m铆nima de jubilaci贸n se acoger谩n a esa jubilaci贸n anticipada independientemente de la empresa en la que trabajen o del nombre de su categor铆a, pero no se trabaja en ampliar a otros colectivos ferroviarios).
隆EXIGIMOS COEFICIENTES REDUCTORES YA!
Desde el SFF-CGT apostamos por garantizar un criterio uniforme y no discriminatorio en el conjunto del sector ferroviario. Por estos motivos hemos remitido una carta formal a la Direcci贸n de las diferentes empresas del sector ferroviario instando al inicio inmediato del procedimiento con el fin de determinar los coeficientes reductores aplicables a todos los colectivos y poder as铆 reducir la edad de jubilaci贸n de nuestras plantillas.
Turnicidad, riesgo el茅ctrico, vibraciones, sustancias toxicas o cancer铆genas (como el amianto o la s铆lice), arrollamientos, trabajos a la intemperie, nocturnidad, bipedestaci贸n prolongada, ruido, carga mental elevada鈥 La ley es clara y nuestro diagn贸stico tambi茅n:
鈥 Peligrosidad y mortalidad: El desempe帽o ferroviario actual encaja perfectamente en los supuestos de la norma, al acusar elevados 铆ndices de morbilidad y mortalidad.
鈥 Definiciones de riesgo: El RD reconoce como penosidad el esfuerzo constante bajo condiciones extremas y como peligrosidad los trabajos susceptibles de causar accidentes laborales con mayor frecuencia.
鈥 Justicia Social: No pedimos privilegios; exigimos que se apliquen los coeficientes reductores que compensen la penosidad, toxicidad y peligrosidad de nuestras funciones.
隆LAS EMPRESAS FERROVIARIAS NO PUEDEN MIRAR HACIA OTRO LADO!
El procedimiento legal exige que las empresas (p煤blicas y privadas) y los sindicatos act煤en de forma conjunta. Por ello, desde el SFF-CGT emplazamos a las empresas a que dejen de priorizar los balances econ贸micos sobre la vida de las personas trabajadoras y hagan lo que est茅 en su mano para devolver a las personas trabajadoras el esfuerzo que realizan a diario, ayudando a implementar medidas que garanticen un retiro digno y con plenos derechos.
La norma establece que la edad ordinaria de jubilaci贸n podr谩 rebajarse hasta los 52 a帽os en los casos m谩s graves. Es una cuesti贸n de dignidad: tras d茅cadas de servicio en condiciones de insalubridad y riesgo, las ferroviarias y ferroviarios merecen un descanso que no llegue cuando ya es demasiado tarde.
Comunicado Anexo 1

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