Comunicados
 
RENFE
49
30/06/2026
OEP COMERCIAL: AS脥 NO
 
Cuando una persona se presenta a una Oferta P煤blica de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, m茅rito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situaci贸n generada en torno a la prueba psicot茅cnica ha abierto una duda que nunca debi贸 producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa p煤blica.
 
  COMUNICADO   Anexo         
 
 
 
 
ADIF
23/06/2026
48
UN BARCO EST脕 SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS
 
 
RENFE
23/06/2026
47
EL CONVENIO EN V脥A MUERTA (I). LA LOTER脥A DE LAS MOVILIDADES
 
ADIF
15/06/2026
46
驴D脫NDE EST脕N MIS ERREJOTAS? (CAP脥TULO II)
 
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Jurídica
Convenios
SERVEO
18/11/2024
I Convenio Colectivo entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauraci贸n y atenci贸n a bordo de los trenes y log铆stica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros BOE, n煤mero 222, viernes 13 de聽septiembre聽2024
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalizaci贸n del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


RENFE
驴DE BUENA FE?
Movilidad geogr谩fica en Comercial
101
2025-12-02

COMUNICADO   Anexo 1             
  
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Es conocido por todas y todos que el a帽o pasado, gracias a la presi贸n sindical, se obtuvo una sentencia estimatoria que reconoc铆a el derecho de las trabajadoras y trabajadores con compromiso de permanencia a participar en los procesos de movilidad geogr谩fica sin limitaci贸n de 谩mbito.
En la Comisi贸n Delegada del Comit茅 General de Empresa, donde se negociaron las bases de la convocatoria de movilidad 鈥淧OI25092781 MOV GEO DE OPERADOR COMERCIAL N2鈥, presentamos alegaciones y advertimos en varias ocasiones que vigilar铆amos el cumplimiento de la sentencia ante la ambig眉edad del texto. Por este motivo, entre otros, fuimos la 煤nica organizaci贸n que no firm贸 la convocatoria.

A d铆a de hoy seguimos sin disponer del listado definitivo de personas admitidas y excluidas, lo que genera dudas razonables sobre si la empresa aplicar谩 correctamente la sentencia.
Esta ma帽ana, en la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, la empresa ha declarado:
鈥淨ue cumplir谩 la sentencia de la Audiencia Nacional n.潞 2/2025, de 15 de enero, en tanto no sea revocada por el Tribunal Supremo, sobre la participaci贸n en el concurso de movilidad para los trabajadores que tengan compromiso de permanencia鈥.

Tras este manifiesto, y dado que la empresa asegura que no se excluir谩 de la convocatoria POI25092781 a quienes tienen compromiso de permanencia en Catalu帽a, entendemos la decisi贸n del sindicato que interpuso la demanda de desistir finalmente del procedimiento relativo a dicha convocatoria.
Confiamos en que la empresa cumpla lo expresado ante la Audiencia Nacional y que lo haga de buena fe, y tambi茅n esperamos que no siga dilatando el proceso que tiene a muchos trabajadores y trabajadoras en vilo por su futuro.

Desde SFF-CGT seguiremos defendiendo los derechos de las trabajadoras y trabajadores de la empresa.


Comunicado   Anexo 1                   
  











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