Comunicados
RENFE | 53 01/08/2026
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LA AFILIACIÓN DEL SFF-CGT SUSCRIBE EL IV CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO RENFE Desde la madrugada del miércoles, el Grupo Renfe cuenta con un nuevo preacuerdo de convenio colectivo.
No es que las partes decidieran madrugar para negociar, sino que la reunión iniciada el martes a las 10:00 finalizó pasadas las 5:00 de la mañana del día siguiente. Lo que parecía una inocente reunión cuyo orden del día era un lacónico “Estado del IV Convenio Colectivo” y cuyo material de trabajo eran unos borradores sobre los protocolos de acoso y desconexión digital se tornó en una vorágine de entregas de documentación para su análisis y respuesta cuasiinmediata.
Desde el SFF-CGT nos gustaría que el conjunto de organizaciones del Comité General de Empresa dejara de plegarse a estas prácticas coercitivas de la dirección. Como manifestamos in situ, la reunión debió haberse suspendido por la tarde para continuar en los días siguientes. Es imposible mantener durante horas una negociación rigurosa y hacer aportaciones de calidad a textos de decenas de páginas. Renfe lo sabe y las organizaciones mayoritarias lo permiten. Si tenían prisa por aprobar y remitir el convenio antes de agosto, que nos hubieran convocado una semana antes.
Pese a que las formas estuvieron muy lejos de ser las adecuadas, el fondo sí nos parecía aceptable, así que solicitamos valorar nuestra adhesión al preacuerdo. Nuestra organización, a diferencia de otras, consulta a su afiliación cuando hay que estudiar y considerar un convenio.
Tras este proceso participativo, la afiliación ha decidido ratificar el texto, valorando los avances que veníamos demandando públicamente y las mejoras transversales aplicables al conjunto de las personas trabajadoras:
• Protección del personal de Rodalies, tras incorporarlos al ámbito de aplicación del convenio.
• Desarrollo de la carrera profesional de los CGO: Clasificación profesional propia, largamente
demandada, que comprende funcionalmente todos los ámbitos y desarrolla el sistema retributivo.
• Nuevo sistema de primas variables: Traspaso de casi la mitad de la prima variable a un complemento
fijo que asegura el cobro de un importe significativo mes a mes.
• Nueva movilidad geográfica continua: Trazable, sin trabas injustificadas a la participación.
• Horas anuales remuneradas para especialistas y pruebas diagnósticas: 15 horas anuales, una carencia
histórica en Renfe frente al resto de la Administración Pública.
Aun así, este convenio incluye puntos que han generado controversia o que no son tan positivos como pretenden vender otras organizaciones. Somos conscientes de que quedan materias pendientes sobre las que será necesario seguir trabajando durante su vigencia y en los convenios futuros.
Por ello, nuestra organización participará activamente en todas las mesas en las que ahora tendremos presencia. Marcando prioridades, aportando, incidiendo, criticando y metiendo el dedo en la llaga como siempre. Aquí empieza un nuevo convenio.  COMUNICADO
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 RENFE 22/07/2026 | 52 PRIMER BALANCE DE LA CAMPAÑA SOBRE CLIMATIZACIÓN A BORDO DE LOS TRENES | RENFE 13/07/2026 | 51 OEP COMERCIAL: EMPRENDIENDO ACCIONES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE EL SFF-CGT IMPUGNA LA OEP PARA OPERADOR DE ENTRADA DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN POE25-05/2601 | 52 2025-06-12 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 10 veces | Desde el SFF-CGT hemos presentado formalmente la impugnación de la OEP Operador de Entrada de Administración y Gestión con referencia POE25-05/2601, por considerar que vulnera los principios legales y los derechos laborales de las personas trabajadoras del Grupo Renfe ya que revela graves irregularidades y vulneraciones de derechos laborales, así como el incumplimiento de normativas y acuerdos vigentes que regulan el acceso al empleo público y la movilidad interna dentro del Grupo.
Incumplimiento del Acuerdo de Garantías. El apartado 4 establece que las plazas vacantes deben ser ofertadas prioritariamente al personal interno antes de abrirse a convocatoria externa. Sin embargo, esta OEP ha sido publicada sin haber ofrecido previamente dichas plazas a las personas trabajadoras del Grupo Renfe, lo que constituye una clara vulneración del principio de promoción interna y estabilidad en el empleo.
Vulneración del III Convenio Colectivo de Renfe. El convenio colectivo vigente garantiza mecanismos de movilidad interna, promoción profesional y ascenso basados en criterios de mérito, capacidad y antigüedad. Esta convocatoria excluye a la plantilla actual de dichos procesos, bloqueando su desarrollo profesional y limitando sus oportunidades de carrera dentro de la empresa.
Infracción del Texto Refundido de la Normativa Laboral (TRNL). El artículo 108.2 establece que, antes de convocar externamente plazas de categorías de comienzo, debe realizarse un concurso de ascenso interno.
Incumplimiento del Real Decreto 2271/2004. La normativa vigente exige que al menos un 5% de las plazas se reserven para personas con discapacidad y un 2% adicional para discapacidad intelectual. En esta convocatoria, el Grupo Renfe ha reservado únicamente 20 plazas cuando legalmente deberían haberse reservado 76 (54 para discapacidad general y 22 para discapacidad intelectual), considerando el total de 1.075 plazas convocadas en el conjunto de procesos de OEP a lo largo del año, por lo que se discrimina a un colectivo especialmente protegido.
Incumplimiento de acuerdos judiciales. Además, la empresa ha incumplido el acuerdo alcanzado en la conciliación judicial del Conflicto Colectivo 77/2025 (acum. 89/2025), en el que se comprometía a volcar el cupo de plazas reservadas para personas con discapacidad en las convocatorias del segundo semestre de 2025.
En caso de no atenderse esta solicitud, emprenderemos las acciones legales necesarias para garantizar el respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y promoción interna.
Una vez más, reiteramos nuestro compromiso con la defensa de los derechos laborales, la transparencia en los procesos de selección y la igualdad de oportunidades para toda la plantilla.
Comunicado Anexo 1

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