Comunicados
RENFE | 49 30/06/2026
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OEP COMERCIAL: ASÍ NO Cuando una persona se presenta a una Oferta Pública de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, mérito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situación generada en torno a la prueba psicotécnica ha abierto una duda que nunca debió producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa pública.
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: nunca miramos hacia otro lado cuando se pone en cuestión la confianza en un proceso selectivo. Ya, en otras ocasiones, acudimos al Defensor del Pueblo o al Tribunal Supremo.
TRANSPARENCIA DESDE EL PRIMER DÍA
El SFF-CGT ya trasladamos a la Dirección de Selección, antes de que esta situación alcanzara la dimensión actual, varias cuestiones que venimos reclamando desde hace años: publicación de plantillas correctoras, revisión real de exámenes, respuesta motivada a las reclamaciones y posibilidad de revisión telemática para quienes no puedan desplazarse a Madrid.
No son peticiones nuevas. Son medidas básicas para evitar que las personas aspirantes tengan la sensación de participar a ciegas. Porque todo proceso selectivo debe permitir comprobar, reclamar y defender los derechos de cada participante.
RENFE ES LA RESPONSABLE FINAL
Es Renfe quien convoca, quien licita y quien debe garantizar que todo el proceso se desarrolle con seguridad, trazabilidad y control suficiente. Hay que esclarecer qué ha ocurrido, revisar la custodia de las pruebas, analizar las reclamaciones presentadas y depurar responsabilidades si corresponde.
Valoramos que cualquier decisión se adopte con respaldo jurídico y sin precipitación. Pero la seguridad jurídica no puede convertirse en una forma elegante de aplazar explicaciones.
LAS PERSONAS ASPIRANTES NO PUEDEN PAGARLO
Quienes se han presentado a esta convocatoria no pueden cargar con las consecuencias de una gestión que no ha ofrecido todas las garantías necesarias. No se puede resolver una duda generando otra mayor, ni cerrar el problema con una solución que acabe trasladando la inseguridad a quienes menos responsabilidad tienen. Necesitan certezas, no silencios.
NO MÁS PROCESOS SIN GARANTÍAS
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo procesos selectivos limpios, transparentes y con garantías reales. Acceder al empleo público no puede convertirse en un acto de fe. Si Renfe exige esfuerzo, preparación y confianza a las personas aspirantes, también debe ofrecer transparencia, respuestas y seguridad en cada fase del proceso.
SFF-CGT. HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 23/06/2026 | 48 UN BARCO ESTÁ SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS | RENFE 23/06/2026 | 47 EL CONVENIO EN VÍA MUERTA (I). LA LOTERÍA DE LAS MOVILIDADES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE EL SFF-CGT IMPUGNA LA OEP PARA OPERADOR DE ENTRADA DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN POE25-05/2601 | 52 2025-06-12 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 10 veces | Desde el SFF-CGT hemos presentado formalmente la impugnación de la OEP Operador de Entrada de Administración y Gestión con referencia POE25-05/2601, por considerar que vulnera los principios legales y los derechos laborales de las personas trabajadoras del Grupo Renfe ya que revela graves irregularidades y vulneraciones de derechos laborales, así como el incumplimiento de normativas y acuerdos vigentes que regulan el acceso al empleo público y la movilidad interna dentro del Grupo.
Incumplimiento del Acuerdo de Garantías. El apartado 4 establece que las plazas vacantes deben ser ofertadas prioritariamente al personal interno antes de abrirse a convocatoria externa. Sin embargo, esta OEP ha sido publicada sin haber ofrecido previamente dichas plazas a las personas trabajadoras del Grupo Renfe, lo que constituye una clara vulneración del principio de promoción interna y estabilidad en el empleo.
Vulneración del III Convenio Colectivo de Renfe. El convenio colectivo vigente garantiza mecanismos de movilidad interna, promoción profesional y ascenso basados en criterios de mérito, capacidad y antigüedad. Esta convocatoria excluye a la plantilla actual de dichos procesos, bloqueando su desarrollo profesional y limitando sus oportunidades de carrera dentro de la empresa.
Infracción del Texto Refundido de la Normativa Laboral (TRNL). El artículo 108.2 establece que, antes de convocar externamente plazas de categorías de comienzo, debe realizarse un concurso de ascenso interno.
Incumplimiento del Real Decreto 2271/2004. La normativa vigente exige que al menos un 5% de las plazas se reserven para personas con discapacidad y un 2% adicional para discapacidad intelectual. En esta convocatoria, el Grupo Renfe ha reservado únicamente 20 plazas cuando legalmente deberían haberse reservado 76 (54 para discapacidad general y 22 para discapacidad intelectual), considerando el total de 1.075 plazas convocadas en el conjunto de procesos de OEP a lo largo del año, por lo que se discrimina a un colectivo especialmente protegido.
Incumplimiento de acuerdos judiciales. Además, la empresa ha incumplido el acuerdo alcanzado en la conciliación judicial del Conflicto Colectivo 77/2025 (acum. 89/2025), en el que se comprometía a volcar el cupo de plazas reservadas para personas con discapacidad en las convocatorias del segundo semestre de 2025.
En caso de no atenderse esta solicitud, emprenderemos las acciones legales necesarias para garantizar el respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y promoción interna.
Una vez más, reiteramos nuestro compromiso con la defensa de los derechos laborales, la transparencia en los procesos de selección y la igualdad de oportunidades para toda la plantilla.
Comunicado Anexo 1

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