Comunicados
RENFE | 53 01/08/2026
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LA AFILIACI脫N DEL SFF-CGT SUSCRIBE EL IV CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO RENFE Desde la madrugada del mi茅rcoles, el Grupo Renfe cuenta con un nuevo preacuerdo de convenio colectivo.
No es que las partes decidieran madrugar para negociar, sino que la reuni贸n iniciada el martes a las 10:00 finaliz贸 pasadas las 5:00 de la ma帽ana del d铆a siguiente. Lo que parec铆a una inocente reuni贸n cuyo orden del d铆a era un lac贸nico 鈥淓stado del IV Convenio Colectivo鈥 y cuyo material de trabajo eran unos borradores sobre los protocolos de acoso y desconexi贸n digital se torn贸 en una vor谩gine de entregas de documentaci贸n para su an谩lisis y respuesta cuasiinmediata.
Desde el SFF-CGT nos gustar铆a que el conjunto de organizaciones del Comit茅 General de Empresa dejara de plegarse a estas pr谩cticas coercitivas de la direcci贸n. Como manifestamos in situ, la reuni贸n debi贸 haberse suspendido por la tarde para continuar en los d铆as siguientes. Es imposible mantener durante horas una negociaci贸n rigurosa y hacer aportaciones de calidad a textos de decenas de p谩ginas. Renfe lo sabe y las organizaciones mayoritarias lo permiten. Si ten铆an prisa por aprobar y remitir el convenio antes de agosto, que nos hubieran convocado una semana antes.
Pese a que las formas estuvieron muy lejos de ser las adecuadas, el fondo s铆 nos parec铆a aceptable, as铆 que solicitamos valorar nuestra adhesi贸n al preacuerdo. Nuestra organizaci贸n, a diferencia de otras, consulta a su afiliaci贸n cuando hay que estudiar y considerar un convenio.
Tras este proceso participativo, la afiliaci贸n ha decidido ratificar el texto, valorando los avances que ven铆amos demandando p煤blicamente y las mejoras transversales aplicables al conjunto de las personas trabajadoras:
鈥 Protecci贸n del personal de Rodalies, tras incorporarlos al 谩mbito de aplicaci贸n del convenio.
鈥 Desarrollo de la carrera profesional de los CGO: Clasificaci贸n profesional propia, largamente
demandada, que comprende funcionalmente todos los 谩mbitos y desarrolla el sistema retributivo.
鈥 Nuevo sistema de primas variables: Traspaso de casi la mitad de la prima variable a un complemento
fijo que asegura el cobro de un importe significativo mes a mes.
鈥 Nueva movilidad geogr谩fica continua: Trazable, sin trabas injustificadas a la participaci贸n.
鈥 Horas anuales remuneradas para especialistas y pruebas diagn贸sticas: 15 horas anuales, una carencia
hist贸rica en Renfe frente al resto de la Administraci贸n P煤blica.
Aun as铆, este convenio incluye puntos que han generado controversia o que no son tan positivos como pretenden vender otras organizaciones. Somos conscientes de que quedan materias pendientes sobre las que ser谩 necesario seguir trabajando durante su vigencia y en los convenios futuros.
Por ello, nuestra organizaci贸n participar谩 activamente en todas las mesas en las que ahora tendremos presencia. Marcando prioridades, aportando, incidiendo, criticando y metiendo el dedo en la llaga como siempre. Aqu铆 empieza un nuevo convenio.  COMUNICADO
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 RENFE 22/07/2026 | 52 PRIMER BALANCE DE LA CAMPA脩A SOBRE CLIMATIZACI脫N A BORDO DE LOS TRENES | RENFE 13/07/2026 | 51 OEP COMERCIAL: EMPRENDIENDO ACCIONES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauraci贸n y atenci贸n a bordo de los trenes y log铆stica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, n煤mero 222, viernes 13 de聽septiembre聽2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalizaci贸n del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE NO M脕S INCUMPLIMIENTOS EN LOS PLAZOS DE LAS MOVILIDADES DE FABRICACI脫N Y MANTENIMIENTO | 108 2023-09-04 |
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 | Leido: 16 veces | El pasado 8 de agosto del 2023 una parte del personal de Renfe Fabricaci贸n y Mantenimiento sobrepas贸 los doce meses con residencia transitoria.
En el apartado 14.6 Movilidad del I Convenio Colectivo del Grupo Renfe se establece que:
鈥淧ara dar una respuesta m谩s din谩mica a las necesidades de producci贸n, las nuevas incorporaciones que se produzcan en el Grupo Renfe en cualquier colectivo, se podr谩n realizar con residencias transitorias, en el colectivo de conducci贸n de hasta un m谩ximo de 2 residencias transitorias sucesivas y por tiempo total m谩ximo de 12 meses.
Para el resto de colectivos, se podr谩n incorporar con una 煤nica residencia transitoria por un periodo m谩ximo de 12 meses.鈥
Parece que a Renfe solo le interesa aplicar la normativa de dicho art铆culo cuando le conviene sin tener en cuenta que esta situaci贸n de incertidumbre solo genera malestar e inestabilidad. No tienen en cuenta las necesidades personales, tampoco las profesionales cuando, adem谩s, hablamos del personal m谩s precario de la sociedad: El que ingres贸 en la OEP 2022 que, a d铆a de hoy, sigue cobrando la desagradable broma de la Categor铆a de Ingreso.
El pasado 4 de mayo solicitamos a Teresa Torres Agudo, antigua Gerente de 脕rea de Organizaci贸n y RRHH en Fabricaci贸n y Mantenimiento, que se convocase la movilidad geogr谩fica del personal operativo, pero no hemos obtenido respuesta alguna. Hemos contactado tambi茅n con Manuel Joaqu铆n Sanz Mart铆nez, actual Gerente de 脕rea de Organizaci贸n y Recursos Humanos de Fabricaci贸n y Mantenimiento y, a pesar de indicarnos que no ten铆a ninguna voluntad de convocarlas, esperamos que lo reconsidere.
Cabe recordar que el art铆culo 108.2 de la normativa laboral establece la obligatoriedad de ofertar las vacantes a cubrir de forma permanente al personal interno de la empresa antes de realizar una convocatoria para el personal ajeno a la misma, incluso, de existir urgencia obliga a ofertar las vacantes de forma interna antes de ser ofrecidas a los aspirantes del exterior.
En la mencionada cl谩usula 14.6 se establece en su p谩rrafo quinto que:
鈥淓n el resto de colectivos, los procesos de movilidad se resolver谩n cada 18 meses y deber谩 hacerse efectiva la toma de posesi贸n de la misma en un plazo m谩ximo de 6 meses momento a partir del cual se iniciar铆a el derecho a las indemnizaciones previstas en Convenio colectivo.鈥
Por lo tanto tambi茅n pende ya de un hilo el plazo de 18 meses establecido, la empresa sigue sin dar respuesta y actualmente existe una necesidad manifiesta de cobertura de puestos de trabajo tal y como establece la Norma Marco de Movilidad apartado 1.1 del XII Convenio de Renfe. Desde CGT vamos a tomar todas las medidas necesarias para que Renfe cumpla el Convenio Colectivo y convoque de manera inmediata la movilidad geogr谩fica pendiente.
隆BASTA YA DE ESTIRAR DE MANERA INDEFINIDA LOS PLAZOS Y JUGAR CON LA VIDA DE L@S COMPA脩ER@S!
Comunicado

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