Comunicados
RENFE | 49 30/06/2026
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OEP COMERCIAL: AS脥 NO Cuando una persona se presenta a una Oferta P煤blica de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, m茅rito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situaci贸n generada en torno a la prueba psicot茅cnica ha abierto una duda que nunca debi贸 producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa p煤blica.
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: nunca miramos hacia otro lado cuando se pone en cuesti贸n la confianza en un proceso selectivo. Ya, en otras ocasiones, acudimos al Defensor del Pueblo o al Tribunal Supremo.
TRANSPARENCIA DESDE EL PRIMER D脥A
El SFF-CGT ya trasladamos a la Direcci贸n de Selecci贸n, antes de que esta situaci贸n alcanzara la dimensi贸n actual, varias cuestiones que venimos reclamando desde hace a帽os: publicaci贸n de plantillas correctoras, revisi贸n real de ex谩menes, respuesta motivada a las reclamaciones y posibilidad de revisi贸n telem谩tica para quienes no puedan desplazarse a Madrid.
No son peticiones nuevas. Son medidas b谩sicas para evitar que las personas aspirantes tengan la sensaci贸n de participar a ciegas. Porque todo proceso selectivo debe permitir comprobar, reclamar y defender los derechos de cada participante.
RENFE ES LA RESPONSABLE FINAL
Es Renfe quien convoca, quien licita y quien debe garantizar que todo el proceso se desarrolle con seguridad, trazabilidad y control suficiente. Hay que esclarecer qu茅 ha ocurrido, revisar la custodia de las pruebas, analizar las reclamaciones presentadas y depurar responsabilidades si corresponde.
Valoramos que cualquier decisi贸n se adopte con respaldo jur铆dico y sin precipitaci贸n. Pero la seguridad jur铆dica no puede convertirse en una forma elegante de aplazar explicaciones.
LAS PERSONAS ASPIRANTES NO PUEDEN PAGARLO
Quienes se han presentado a esta convocatoria no pueden cargar con las consecuencias de una gesti贸n que no ha ofrecido todas las garant铆as necesarias. No se puede resolver una duda generando otra mayor, ni cerrar el problema con una soluci贸n que acabe trasladando la inseguridad a quienes menos responsabilidad tienen. Necesitan certezas, no silencios.
NO M脕S PROCESOS SIN GARANT脥AS
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo procesos selectivos limpios, transparentes y con garant铆as reales. Acceder al empleo p煤blico no puede convertirse en un acto de fe. Si Renfe exige esfuerzo, preparaci贸n y confianza a las personas aspirantes, tambi茅n debe ofrecer transparencia, respuestas y seguridad en cada fase del proceso.
SFF-CGT. HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 23/06/2026 | 48 UN BARCO EST脕 SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS | RENFE 23/06/2026 | 47 EL CONVENIO EN V脥A MUERTA (I). LA LOTER脥A DE LAS MOVILIDADES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauraci贸n y atenci贸n a bordo de los trenes y log铆stica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, n煤mero 222, viernes 13 de聽septiembre聽2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalizaci贸n del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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S.AUX-AT.CLI M脕S DESCANSOS Y M脕S SALARIO | 95 2023-07-13 |
| COMUNICADO
 | Leido: 9 veces | Conflicto Colectivo Ganado
El d铆a 10 de julio ganamos sentencia ante la Audiencia Nacional, donde se reconoc铆a que los Pluses de Transportes y Vestuario reconocidos en convenio no se deben tener en cuenta para alcanzar el Salario M铆nimo Interprofesional de 1080鈧.
Por lo tanto, a partir de ahora se debe recibir como m铆nimo los 1080鈧, m谩s los Pluses de Transportes y Vestuario. El d铆a 1 de agosto a las 9:30 tendremos una reuni贸n con la patronal del sector para su aplicaci贸n.
Acuerdo Comisi贸n Paritaria
Hoy d铆a 13 de julio se ha reunido la Comisi贸n Paritaria del V Convenio Colectivo Sectorial Estatal de Servicios Auxiliares y Atenci贸n al Cliente en Empresas de Servicios Ferroviarios, alcanzando un acuerdo en la interpretaci贸n del art铆culo 36 sobre el derecho al disfrute de los d铆as de asuntos propios en las jornadas parciales cuando la empresa elabora gr谩ficos que no cumplen todas las semanas los 4 d铆as de trabajo y del art铆culo 29 sobre el derecho al abono 铆ntegro del Plus de transporte y de vestuario en las jornadas parciales cuando la empresa elabora gr谩ficos que no cumplen todas las semanas los 4 d铆as de trabajo.
El art铆culo 36 Asuntos Propios, para el disfrute de asuntos propios en estos casos (en jornadas parciales que no cumplen todas las semanas los 4 d铆as de trabajo) quedar铆a de la siguiente manera:
鈥 Jornadas parciales desde el 0% al 20% de jornada con 3 d铆as o menos de prestaci贸n de servicio tendr谩n derecho al disfrute de 1 d铆a de asuntos propios anual.
鈥 Jornadas parciales desde el 20% al 35% de jornada con 3 d铆as o menos de prestaci贸n de servicio tendr谩n derecho al disfrute de 2 d铆as de asuntos propios anuales.
鈥 Jornadas parciales desde el 35% al 50% de jornada con 3 d铆as o menos de prestaci贸n de servicio tendr谩n derecho al disfrute de 3 d铆as de asuntos propios anuales.
鈥 Jornadas parciales desde el 50% al 60% de jornada con 3 d铆as o menos de prestaci贸n de servicio tendr谩n derecho al disfrute de 4 d铆as de asuntos propios anuales.
鈥 Jornadas parciales desde el 60% al 80% de jornada con 3 d铆as o menos de prestaci贸n de servicio tendr谩n derecho al disfrute de 5 d铆as de asuntos propios anuales.
鈥 Jornadas parciales que superen el 80% de jornada con 3 d铆as o menos de prestaci贸n de servicio tendr谩n derecho al disfrute de 6 d铆as de asuntos propios anuales.
La solicitud se realizar谩 por escrito, como m铆nimo con una semana de antelaci贸n, y la empresa deber谩 contestar por cualquier medio fehaciente dentro de los cuatro d铆as siguientes desde su recepci贸n. Los citados d铆as se conceder谩n cualquier d铆a del a帽o y como m铆nimo a una persona por turno en centros de menos de 15 trabajadores/as y a 2 personas por turno en los centros de 15 o m谩s trabajadores/as, concedi茅ndose por orden de solicitud.
El disfrute de dichos d铆as no originar谩 merma econ贸mica de ning煤n concepto de car谩cter salarial o extrasalarial. "
Art铆culo 29 PLUS TRANSPORTE Y PLUS VESTUARIO
Para estos casos (en jornadas parciales que no cumplen todas las semanas los 4 d铆as de trabajo) quedar谩 de la siguiente manera:
鈥 Que las personas trabajadoras a jornada parcial con una media mensual de 15 d铆as de trabajo percibir谩n el plus transporte y el plus vestuario 铆ntegro durante todo el a帽o a excepci贸n del mes de vacaciones del periodo de invierno, en el que se abonar谩 el valor diario.
CGT, SOLIDARIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA
Comunicado

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