Comunicados
RENFE | 53 01/08/2026
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LA AFILIACIÓN DEL SFF-CGT SUSCRIBE EL IV CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO RENFE Desde la madrugada del miércoles, el Grupo Renfe cuenta con un nuevo preacuerdo de convenio colectivo.
No es que las partes decidieran madrugar para negociar, sino que la reunión iniciada el martes a las 10:00 finalizó pasadas las 5:00 de la mañana del dÃa siguiente. Lo que parecÃa una inocente reunión cuyo orden del dÃa era un lacónico “Estado del IV Convenio Colectivo†y cuyo material de trabajo eran unos borradores sobre los protocolos de acoso y desconexión digital se tornó en una vorágine de entregas de documentación para su análisis y respuesta cuasiinmediata.
Desde el SFF-CGT nos gustarÃa que el conjunto de organizaciones del Comité General de Empresa dejara de plegarse a estas prácticas coercitivas de la dirección. Como manifestamos in situ, la reunión debió haberse suspendido por la tarde para continuar en los dÃas siguientes. Es imposible mantener durante horas una negociación rigurosa y hacer aportaciones de calidad a textos de decenas de páginas. Renfe lo sabe y las organizaciones mayoritarias lo permiten. Si tenÃan prisa por aprobar y remitir el convenio antes de agosto, que nos hubieran convocado una semana antes.
Pese a que las formas estuvieron muy lejos de ser las adecuadas, el fondo sà nos parecÃa aceptable, asà que solicitamos valorar nuestra adhesión al preacuerdo. Nuestra organización, a diferencia de otras, consulta a su afiliación cuando hay que estudiar y considerar un convenio.
Tras este proceso participativo, la afiliación ha decidido ratificar el texto, valorando los avances que venÃamos demandando públicamente y las mejoras transversales aplicables al conjunto de las personas trabajadoras:
• Protección del personal de Rodalies, tras incorporarlos al ámbito de aplicación del convenio.
• Desarrollo de la carrera profesional de los CGO: Clasificación profesional propia, largamente
demandada, que comprende funcionalmente todos los ámbitos y desarrolla el sistema retributivo.
• Nuevo sistema de primas variables: Traspaso de casi la mitad de la prima variable a un complemento
fijo que asegura el cobro de un importe significativo mes a mes.
• Nueva movilidad geográfica continua: Trazable, sin trabas injustificadas a la participación.
• Horas anuales remuneradas para especialistas y pruebas diagnósticas: 15 horas anuales, una carencia
histórica en Renfe frente al resto de la Administración Pública.
Aun asÃ, este convenio incluye puntos que han generado controversia o que no son tan positivos como pretenden vender otras organizaciones. Somos conscientes de que quedan materias pendientes sobre las que será necesario seguir trabajando durante su vigencia y en los convenios futuros.
Por ello, nuestra organización participará activamente en todas las mesas en las que ahora tendremos presencia. Marcando prioridades, aportando, incidiendo, criticando y metiendo el dedo en la llaga como siempre. Aquà empieza un nuevo convenio.  COMUNICADO
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 RENFE 22/07/2026 | 52 PRIMER BALANCE DE LA CAMPAÑA SOBRE CLIMATIZACIÓN A BORDO DE LOS TRENES | RENFE 13/07/2026 | 51 OEP COMERCIAL: EMPRENDIENDO ACCIONES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logÃstica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS SOLO SE CONTABILICEN EN DÃAS EFECTIVOS DE TRABAJO | 84 2023-06-22 |
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 | Leido: 59 veces | CGT CONSIGUE QUE LOS PERMISOS RETRIBUIDOS SOLO SE CONTABILICEN EN DÃAS EFECTIVOS DE TRABAJO
A partir de ahora, si pedimos una licencia en Adif o Adif-AV, la empresa no podrá computar dÃas de descanso o festivos en el total de los dÃas del permiso. Es decir, que si, por ejemplo, pedimos una licencia de 3 dÃas por enfermedad de familiar y hay dos dÃas de descanso de por medio en el gráfico, éstos no computarán, con lo que esos dos dÃas se juntarÃan con los del permiso. O sea, en este caso, tendremos 5 dÃas consecutivos (los 3 de la licencia + los 2 de descanso).
UNA LARGA LUCHA DE CGT
Aunque parece una reivindicación de sentido común, CGT ha tenido que emprender una larga lucha en los tribunales para conseguir materializarla.
El pasado dÃa 17 de noviembre de 2020 presentamos ante la Audiencia Nacional (AN) demanda sobre Conflicto Colectivo con el objeto de lograr que la contabilización de los dÃas de permisos retribuidos (licencias) sean únicamente sobre dÃas de trabajo efectivo, sin que se amorticen dÃas de descanso o festivos durante su cómputo.
La Audiencia Nacional en sentencia de fecha 17 de junio de 2021 estimó en su totalidad nuestra pretensión fallando que se reconoce “el derecho de los trabajadores afectados por el presente conflicto colectivo a que los dÃas de licencia retribuida regulados en los apartados a) b) c) d) y e) de la Cláusula 11ª del II Convenio Colectivo de ADIF y ADIF-AV que mantiene de aplicación el art 259 de la Normativa Laboral de RENFE sean todos los dÃas de trabajo efectivos laborables para los trabajadores afectados, estos es, excluyendo de su cómputo los dÃas de descanso, festivos no trabajados o dÃas no laborables (excepto vacaciones), y condenamos a la empresa demandadas a estar y pasar por la anterior declaración a todos los efectos.â€
Esta sentencia fue recurrida por ADIF y ADIF-AV en casación ante el Tribunal Supremo (TS), que ha rechazado en su totalidad los argumentos que planteaban las empresas y confirma la sentencia de la AN (Sentencia 414/2023 de 07-06-2023), lo que cierra, de una vez por todas, el conflicto existente en este sentido por la interpretación torticera de la empresa, encaminada a suprimir descansos y festivos a l@s trabajadores amortizando los mismos con licencias, aplicando dÃas naturales a un permiso que tiene su razón de ser cuando se trabaja, ya que la propia expresión del Estatuto de los Trabajadores refiere a que la persona trabajadora “podrá ausentarse del trabajo con derecho a remuneraciónâ€
CARÃCTER RETROACTIVO
Por lo tanto, los permisos retribuidos según hecho causante (muerte, enfermedad grave y hospitalización, intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, nacimiento de hij@ o adopción y nacimiento de hij@ en caso de surgir complicaciones en el parto) se aplicarán únicamente a dÃas de trabajo efectivo una vez comenzado su cómputo, respetando los descansos y festivos que se establezcan en el gráfico.
Este éxito se une al ya logrado por CGT y que sentó doctrina respecto a que los permisos retribuidos comenzasen a computar el primer dÃa de trabajo efectivo si el hecho causante se producÃa en descanso o festivo de la persona trabajadora (Sentencia del TS de 13 de febrero de 2018).
La sentencia del TS permite reclamar todas aquellas situaciones en las que hayan suprimido descansos por este motivo desde un año antes de la interposición de la papeleta de conciliación, es decir desde el 30 de octubre de 2019. Y su reclamación por vÃa judicial, en caso de no ser aceptada la misma, se puede ejercer hasta un año posterior de la fecha de la sentencia del TS, es decir hasta el 7 de junio de 2024.
CGT se pone a disposición de l@s compañer@s afectad@s para tramitar las oportunas reclamaciones.
CGT, EL SINDICATO DEL SÃ A LOS DERECHOS
Comunicado

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