Comunicados
 
RENFE
49
30/06/2026
OEP COMERCIAL: AS脥 NO
 
Cuando una persona se presenta a una Oferta P煤blica de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, m茅rito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situaci贸n generada en torno a la prueba psicot茅cnica ha abierto una duda que nunca debi贸 producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa p煤blica.
 
  COMUNICADO   Anexo         
 
 
 
 
ADIF
23/06/2026
48
UN BARCO EST脕 SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS
 
 
RENFE
23/06/2026
47
EL CONVENIO EN V脥A MUERTA (I). LA LOTER脥A DE LAS MOVILIDADES
 
ADIF
15/06/2026
46
驴D脫NDE EST脕N MIS ERREJOTAS? (CAP脥TULO II)
 
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Jurídica
Convenios
SERVEO
18/11/2024
I Convenio Colectivo entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauraci贸n y atenci贸n a bordo de los trenes y log铆stica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros BOE, n煤mero 222, viernes 13 de聽septiembre聽2024
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalizaci贸n del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


LOGIRAIL
LICENCIAS RETRIBUIDAS POR ENFERMEDAD, TAMBI脡N EN LOGIRAIL
91
2022-07-13

COMUNICADO             
  
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En el a帽o 2012, la Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado para el a帽o 2013, relacion谩ndolo con el RD 20/2012, y en la Orden del Ministerio de Hacienda HAP/2802/2012 se estableci贸:

鈥淎rt铆culo 3. D铆as de ausencia sin deducci贸n de retribuciones
1. El descuento en n贸mina regulado en el art铆culo anterior no ser谩 de aplicaci贸n a cuatro d铆as de ausencias a lo largo del a帽o natural, de las cuales s贸lo tres podr谩n tener lugar en d铆as consecutivos, siempre que est茅n motivadas en enfermedad o accidente, y no den lugar a incapacidad temporal. Ello exigir谩 la justificaci贸n de la ausencia en los t茅rminos establecidos en las normas reguladoras de la jornada y el horario de aplicaci贸n en cada 谩mbito.鈥
Esta normativa es de aplicaci贸n personal al servicio de la Administraci贸n del Estado y a los organismos y entidades de derecho p煤blico dependientes de la misma.鈥

Desde CGT consideramos desde la publicaci贸n de la Ley, que este derecho correspond铆a a las empresas de car谩cter p煤blico, reclam谩ndolo antes en Renfe y ahora en Logirail, y por distintas razones:

1. Lo otorga una Ley que tiene rango superior al Convenio Colectivo.
2. Se aplica en el Grupo Renfe.

El pasado 7 de octubre del 2021, CGT remitimos un escrito a la Direcci贸n de Logirail, solicitando que fuera de aplicaci贸n el derecho a disponer de estos 4 d铆as de ausencia. Al no obtener respuesta positiva y tras varios intentos de negociaci贸n, interpusimos un Conflicto Colectivo en la Audiencia Nacional que ha venido a darnos la raz贸n, estimando adem谩s la sala, temeridad e imponiendo una multa a Logirail de 1.000 鈧.

La AN declara: 鈥淓stimando la demanda interpuesta por CGT, UGT Y CCOO contra LOGIRAIL SME, declaramos el Derecho de los trabajadores de LOGIRAIL a disponer y disfrutar de cuatro d铆as anuales de ausencia por enfermedad, que no den lugar a Incapacidad Temporal, pudiendo ser solo tres consecutivos, sin generar ning煤n descuento en la n贸mina del trabajador鈥. (Anexa)

Por lo tanto y a partir de ahora, toda la plantilla de Logirail tendr谩 ese derecho. Estando atentos al cumplimiento de esta sentencia y pendientes de las ocurrencias que puedan surgir del seno de una empresa a la que hay que sacarle los derechos mediante decisiones judiciales, en un claro ejemplo de falta de voluntad negociadora.

Una vez m谩s, desde CGT velamos por el cumplimiento de los derechos adquiridos, adem谩s de reclamar aquellos que son de aplicaci贸n y a los que deber铆amos tener acceso desde la negociaci贸n colectiva.

CGT, COMPROMISO, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA.


Comunicado                   
  











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