Comunicados
RENFE | 49 30/06/2026
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OEP COMERCIAL: ASÍ NO Cuando una persona se presenta a una Oferta Pública de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, mérito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situación generada en torno a la prueba psicotécnica ha abierto una duda que nunca debió producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa pública.
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: nunca miramos hacia otro lado cuando se pone en cuestión la confianza en un proceso selectivo. Ya, en otras ocasiones, acudimos al Defensor del Pueblo o al Tribunal Supremo.
TRANSPARENCIA DESDE EL PRIMER DÍA
El SFF-CGT ya trasladamos a la Dirección de Selección, antes de que esta situación alcanzara la dimensión actual, varias cuestiones que venimos reclamando desde hace años: publicación de plantillas correctoras, revisión real de exámenes, respuesta motivada a las reclamaciones y posibilidad de revisión telemática para quienes no puedan desplazarse a Madrid.
No son peticiones nuevas. Son medidas básicas para evitar que las personas aspirantes tengan la sensación de participar a ciegas. Porque todo proceso selectivo debe permitir comprobar, reclamar y defender los derechos de cada participante.
RENFE ES LA RESPONSABLE FINAL
Es Renfe quien convoca, quien licita y quien debe garantizar que todo el proceso se desarrolle con seguridad, trazabilidad y control suficiente. Hay que esclarecer qué ha ocurrido, revisar la custodia de las pruebas, analizar las reclamaciones presentadas y depurar responsabilidades si corresponde.
Valoramos que cualquier decisión se adopte con respaldo jurídico y sin precipitación. Pero la seguridad jurídica no puede convertirse en una forma elegante de aplazar explicaciones.
LAS PERSONAS ASPIRANTES NO PUEDEN PAGARLO
Quienes se han presentado a esta convocatoria no pueden cargar con las consecuencias de una gestión que no ha ofrecido todas las garantías necesarias. No se puede resolver una duda generando otra mayor, ni cerrar el problema con una solución que acabe trasladando la inseguridad a quienes menos responsabilidad tienen. Necesitan certezas, no silencios.
NO MÁS PROCESOS SIN GARANTÍAS
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo procesos selectivos limpios, transparentes y con garantías reales. Acceder al empleo público no puede convertirse en un acto de fe. Si Renfe exige esfuerzo, preparación y confianza a las personas aspirantes, también debe ofrecer transparencia, respuestas y seguridad en cada fase del proceso.
SFF-CGT. HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 23/06/2026 | 48 UN BARCO ESTÁ SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS | RENFE 23/06/2026 | 47 EL CONVENIO EN VÍA MUERTA (I). LA LOTERÍA DE LAS MOVILIDADES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF GRATIFICACIÓN POR TÍTULO DERECHO RECUPERADO | 90 2022-07-13 |
| COMUNICADO
 | Leido: 33 veces | Cuando se produjo el ingreso del personal de la OEP 2020, desde el SFF-CGT nos dirigimos por carta a la Dirección General de Gestión de Personas para que restituyera el derecho al cobro de la Gratificación por Título (clave 032) que o bien no se había abonado o bien se abonó y posteriormente descontó. Un atropello, que también extendieron a las personas trabajadoras de la OEP 2021 1ª tanda.
Una vez más, con las directrices marcadas desde hace tiempo por parte de la actual Dirección General de recortar en todo tipo de derechos adquiridos históricamente, se volvió a despreciar a las personas trabajadoras de Adif, contestándonos que no existía derecho al cobro hasta que no estuviera el personal en sus dependencias de forma “efectiva”.
Como es lógico y ya anunciamos en su momento, CGT planteó Demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional para tratar de obtener en los tribunales lo que entendemos es de ley y se negaba por parte de una Dirección General de Gestión de Personas que DESPRECIA a sus trabajadores y trabajadoras.
Pues bien, la Audiencia Nacional, acumulando las demandas interpuestas por CGT, UGT y CCOO, ha estimado en su totalidad lo pretendido por nuestra parte y ha condenado a la Empresa mediante sentencia 103/2022 a reconocer el derecho de las personas representadas a percibir el abono de la clave 032, Gratificación por Título, desde el ingreso en la Empresa. El argumento es demoledor:
“Pues bien, siendo así que el complemento por título referido en el convenio colectivo, lo es para quienes ostenten títulos del sistema educativo y en concreto los así reconocidos para el acceso al concurso, nada justifica que el percibo de dicho complemento salarial cuya condición ya ostentan los aspirantes antes de concursar, se les posponga hasta la obtener tras la suscripción de sus contratos de trabajo la habilitación exigida en la Orden FOM/2872/2010, pues como hemos indicados dicha habilitación en el marco del deber de formación exigido al empresario no constituye la condición para el acceso al complemento por título fijado en el convenio."
Aunque la Sentencia es recurrible ante el Tribunal Supremo, es ejecutoria y por tanto debe cumplirse, aunque se recurra. Es por ello que nos hemos dirigido por escrito a la “despótica” D. G. de Gestión de Personas para que realice el pago de oficio de las cantidades correspondientes en la próxima nómina, en algunos casos abonadas y descontadas, tanto al personal de la OEP 2020 como al de la OEP 2021.
Las Secciones Sindicales de CGT y sus delegados y delegadas estamos a disposición del personal afectado para que se inicien las reclamaciones individuales que en su caso serían preceptivas si la Empresa persiste en incumplir lo sentenciado.
CGT, EL SINDICATO DEL SÍ A LOS DERECHOS
Comunicado

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