Comunicados
RENFE | 49 30/06/2026
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OEP COMERCIAL: AS脥 NO Cuando una persona se presenta a una Oferta P煤blica de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, m茅rito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situaci贸n generada en torno a la prueba psicot茅cnica ha abierto una duda que nunca debi贸 producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa p煤blica.
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: nunca miramos hacia otro lado cuando se pone en cuesti贸n la confianza en un proceso selectivo. Ya, en otras ocasiones, acudimos al Defensor del Pueblo o al Tribunal Supremo.
TRANSPARENCIA DESDE EL PRIMER D脥A
El SFF-CGT ya trasladamos a la Direcci贸n de Selecci贸n, antes de que esta situaci贸n alcanzara la dimensi贸n actual, varias cuestiones que venimos reclamando desde hace a帽os: publicaci贸n de plantillas correctoras, revisi贸n real de ex谩menes, respuesta motivada a las reclamaciones y posibilidad de revisi贸n telem谩tica para quienes no puedan desplazarse a Madrid.
No son peticiones nuevas. Son medidas b谩sicas para evitar que las personas aspirantes tengan la sensaci贸n de participar a ciegas. Porque todo proceso selectivo debe permitir comprobar, reclamar y defender los derechos de cada participante.
RENFE ES LA RESPONSABLE FINAL
Es Renfe quien convoca, quien licita y quien debe garantizar que todo el proceso se desarrolle con seguridad, trazabilidad y control suficiente. Hay que esclarecer qu茅 ha ocurrido, revisar la custodia de las pruebas, analizar las reclamaciones presentadas y depurar responsabilidades si corresponde.
Valoramos que cualquier decisi贸n se adopte con respaldo jur铆dico y sin precipitaci贸n. Pero la seguridad jur铆dica no puede convertirse en una forma elegante de aplazar explicaciones.
LAS PERSONAS ASPIRANTES NO PUEDEN PAGARLO
Quienes se han presentado a esta convocatoria no pueden cargar con las consecuencias de una gesti贸n que no ha ofrecido todas las garant铆as necesarias. No se puede resolver una duda generando otra mayor, ni cerrar el problema con una soluci贸n que acabe trasladando la inseguridad a quienes menos responsabilidad tienen. Necesitan certezas, no silencios.
NO M脕S PROCESOS SIN GARANT脥AS
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo procesos selectivos limpios, transparentes y con garant铆as reales. Acceder al empleo p煤blico no puede convertirse en un acto de fe. Si Renfe exige esfuerzo, preparaci贸n y confianza a las personas aspirantes, tambi茅n debe ofrecer transparencia, respuestas y seguridad en cada fase del proceso.
SFF-CGT. HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 23/06/2026 | 48 UN BARCO EST脕 SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS | RENFE 23/06/2026 | 47 EL CONVENIO EN V脥A MUERTA (I). LA LOTER脥A DE LAS MOVILIDADES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauraci贸n y atenci贸n a bordo de los trenes y log铆stica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, n煤mero 222, viernes 13 de聽septiembre聽2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalizaci贸n del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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S.AUX-AT.CLI PLUS NOL, LAS EMPRESAS TIENEN QUE ABONARLO SIN M脕S EXCUSAS. | 67 2022-05-30 |
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 | Leido: 6 veces | El pasado 24 de constituy贸 la Comisi贸n Paritaria del V convenio de sector de servicios auxiliares de empresas ferroviarias. En la misma reuni贸n se someti贸 para aclaraci贸n la interpretaci贸n del Plus NOL recogido en el art铆culo 14 del V Convenio Colectivo, en particular, las interpretaciones realizadas por algunas empresas que han tenido o tienen personas trabajadoras en el sector respecto al abono del citado plus, denegando el abono del mismo a personas que han estado en ERTE, en situaci贸n de IT o a trabajadores que no han solicitado el abono del Plus NOL esgrimiendo que o bien no pueden evaluar a las personas en situaci贸n de ERTE o IT por no cumplir el tiempo para ser evaluados o bien no haberlo solicitado y por lo tanto no les corresponde el abono del mismo, incumpliendo lo recogido en el art铆culo 14 del V Convenio Colectivo.
Tras las diferentes exposiciones, se lleg贸 al acuerdo de que existe un error en la interpretaci贸n de la norma por parte de algunas empresas ya que el 煤nico criterio que el Convenio Colectivo establece para proceder al abono del Plus NOL es el de tener una antig眉edad de 3 a帽os en la empresa produci茅ndose el abono autom谩tico en n贸mina del citado Plus a toda persona trabajadora que cumpla este requisito y que, por lo tanto, no afecta que el trabajador o trabajadora haya estado en situaci贸n de ERTE, IT o con suspensi贸n de contrato por cualquier otra circunstancia as铆 como tampoco afectar铆a que lo hubiese solicitado o no a la empresa, sino que la empresa lo debe abonar de forma autom谩tica a todas aquellas personas trabajadoras que a fecha 1 de enero de 2021 llevaran 3 a帽os en la empresa o los cumplieran con posterioridad a esta fecha sin m谩s interpretaci贸n que esa.
Por lo tanto, llamamos la atenci贸n a las trabajadoras de estas empresas y a las que estuvieron bajo el 谩mbito de aplicaci贸n del convenio hasta junio y hasta noviembre de 2021, para que comprueben si esas empresas a lo largo de este mes o el siguiente proceden al abono del mismo.
Queda pendiente de respuesta por parte de la patronal, que este plus sea abonado de manera 铆ntegra, independientemente de la reducci贸n de la jornada laboral que figure en el contrato laboral.
Para cualquier otra duda al respecto, no dud茅is en dirigiros a cualquier delegado o delegada de CGT o al tel茅fono que figura en el lateral del presente.
CGT, SEGURIDAD, HONESTIDAD Y TRANSPARENCIA.
Comunicado

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