Comunicados
RENFE | 49 30/06/2026
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OEP COMERCIAL: ASà NO Cuando una persona se presenta a una Oferta Pública de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, mérito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situación generada en torno a la prueba psicotécnica ha abierto una duda que nunca debió producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa pública.
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: nunca miramos hacia otro lado cuando se pone en cuestión la confianza en un proceso selectivo. Ya, en otras ocasiones, acudimos al Defensor del Pueblo o al Tribunal Supremo.
TRANSPARENCIA DESDE EL PRIMER DÃA
El SFF-CGT ya trasladamos a la Dirección de Selección, antes de que esta situación alcanzara la dimensión actual, varias cuestiones que venimos reclamando desde hace años: publicación de plantillas correctoras, revisión real de exámenes, respuesta motivada a las reclamaciones y posibilidad de revisión telemática para quienes no puedan desplazarse a Madrid.
No son peticiones nuevas. Son medidas básicas para evitar que las personas aspirantes tengan la sensación de participar a ciegas. Porque todo proceso selectivo debe permitir comprobar, reclamar y defender los derechos de cada participante.
RENFE ES LA RESPONSABLE FINAL
Es Renfe quien convoca, quien licita y quien debe garantizar que todo el proceso se desarrolle con seguridad, trazabilidad y control suficiente. Hay que esclarecer qué ha ocurrido, revisar la custodia de las pruebas, analizar las reclamaciones presentadas y depurar responsabilidades si corresponde.
Valoramos que cualquier decisión se adopte con respaldo jurÃdico y sin precipitación. Pero la seguridad jurÃdica no puede convertirse en una forma elegante de aplazar explicaciones.
LAS PERSONAS ASPIRANTES NO PUEDEN PAGARLO
Quienes se han presentado a esta convocatoria no pueden cargar con las consecuencias de una gestión que no ha ofrecido todas las garantÃas necesarias. No se puede resolver una duda generando otra mayor, ni cerrar el problema con una solución que acabe trasladando la inseguridad a quienes menos responsabilidad tienen. Necesitan certezas, no silencios.
NO MÃS PROCESOS SIN GARANTÃAS
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo procesos selectivos limpios, transparentes y con garantÃas reales. Acceder al empleo público no puede convertirse en un acto de fe. Si Renfe exige esfuerzo, preparación y confianza a las personas aspirantes, también debe ofrecer transparencia, respuestas y seguridad en cada fase del proceso.
SFF-CGT. HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 23/06/2026 | 48 UN BARCO ESTÃ SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS | RENFE 23/06/2026 | 47 EL CONVENIO EN VÃA MUERTA (I). LA LOTERÃA DE LAS MOVILIDADES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logÃstica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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FERROVIAL ¿UNA MENTIRA REPETIDA MIL VECES SE CONVIERTE EN UNA VERDAD? | 42 2022-03-30 |
| COMUNICADO
 | Leido: 5 veces | Eso es lo que han debido pensar CCOO y UGT, al tratar de convencer a la plantilla que nuestra denuncia tenÃa como objetivo que la empresa llevará a cabo una modificación sustancial de las condiciones de trabajo (ArtÃculo 41). FALSO.
También FALSO, que solo hayamos optado por la vÃa colectiva, hemos tomado igualmente la vÃa individual, apoyando a nuestrxs afiliadxs que asà lo han considerado.
FALSO, que tenga que ser solo una medida individual, a la vista está el número de trabajadores/as afectadxs por la misma. Pudiéndose considerar un procedimiento colectivo, por el número de personas afectadas por la medida, si en un periodo de 90 dÃas afecta a 10 trabajadores/as en empresas de menos de 100 o al 10% de lxs trabajadores/as en empresas entre 100 y 300 o a 30 trabajadores/as en empresas de más de 300).
En la página 9 de nuestra demanda décimos que, “bajo la aparente aplicación del artÃculo 68 del Convenio Colectivo la empresa lo que en realidad está haciendo es una modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo en fraude de ley y agravado por cuanto que afecta únicamente a las trabajadoras con reducción de jornada con concreción/adaptación, con el objetivo de reducir costes empresariales†que en absoluto, implica que nosotros pidamos que la empresa lleve a cabo tal medida.
Apuntar también, que nuestrxs compañerxs en sus denuncias individuales, podrÃan haberlas visto truncadas o desestimadas, si ningún sindicato hubiera impugnado esta medida.
Resaltar que, en la reunión de los sindicatos a la que hace alusión CCOO (16/2/22) en su comunicado, habÃamos consultado someramente la cuestión con los servicios jurÃdicos sin tener ningún tipo de documentación de lo solicitado a la empresa, sin saber a cuánta gente afectaba la medida; aunque ellos quieran intentar confundir queriendo aparentar que habÃamos renunciado a esa opción, haciendo lo que ellos, no mover un dedo y criticar a los que sà hemos buscado las vÃas de defensa.
Volvemos a recordar, que lxs que hayan alcanzado un acuerdo están en su derecho de solicitar a la empresa que se cumpla el mismo, como hizo con el que pactaron con carácter previo (al que tampoco se tuvo en cuenta a la RLT), pero es la empresa la que las está descartando y no quiere aplicarlo.
Tampoco podemos permitir que la empresa utilice el abono de los pluses como moneda de cambio y presión para forzar la aceptación de los acuerdos, se deben abonar tanto si lo solicita el trabajador como si lo pide la empresa, más aún, tratándose de temas tan sensibles como son el cuidado de hijxs/familiares.
Parece por otro lado, que los sindicatos CCOO y UGT obviaron en su comisión paritaria tratar la tomadura de pelo de los contratos de relevo y los dÃas de más que lxs compañxs que se prejubilasen tenÃan que hacer (7 jornada más…) y hasta que lo propusimos en el orden del dÃa para la reunión del dÃa 25 no se habÃan dado cuenta o al menos lo daban por bueno (¿¿¿curioso no ???????, por qué nada de esto figura en el acta).
Respecto al abono de los pluses de JT, la empresa nos sigue tomando el pelo pese a los supuestos acuerdos de abono acordado en la comisión paritaria. Mientras, sigue sin grafiar la figura del JT, realizando estas funciones el personal que no ha pasado la convocatoria ni cumple los requisitos recogidos en convenio. Y, dicho sea de paso, GRATIS.
Hemos solicitado taquillas para dejar los enseres de trabajo y en su defecto, que nos computen los tiempos; a lo que la empresa responde: si pedÃs eso os quitamos los taxis, porque por eso los pagamos (jajaja).
Sabemos que ahora rizarán el rizo para echarnos a lxs trabajadores/as encima, pero debemos ser inteligentes y aprender de estos 9 años de estas estrategias “napolitanas o sicilianasâ€.
Nuestras cargas de trabajo aumentan, las condiciones se deterioran, perdemos poder adquisitivo… pero la única preocupación de la empresa parecen ser los comunicados de CGT.
NI LA PROPAGANDA DE GOEBBELS NI LOS CANTOS DE SIRENA DE HOMERO, CUELAN EN EL SIGLO XXI.
Comunicado

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