Comunicados
RENFE | 49 30/06/2026
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OEP COMERCIAL: AS脥 NO Cuando una persona se presenta a una Oferta P煤blica de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, m茅rito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situaci贸n generada en torno a la prueba psicot茅cnica ha abierto una duda que nunca debi贸 producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa p煤blica.
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: nunca miramos hacia otro lado cuando se pone en cuesti贸n la confianza en un proceso selectivo. Ya, en otras ocasiones, acudimos al Defensor del Pueblo o al Tribunal Supremo.
TRANSPARENCIA DESDE EL PRIMER D脥A
El SFF-CGT ya trasladamos a la Direcci贸n de Selecci贸n, antes de que esta situaci贸n alcanzara la dimensi贸n actual, varias cuestiones que venimos reclamando desde hace a帽os: publicaci贸n de plantillas correctoras, revisi贸n real de ex谩menes, respuesta motivada a las reclamaciones y posibilidad de revisi贸n telem谩tica para quienes no puedan desplazarse a Madrid.
No son peticiones nuevas. Son medidas b谩sicas para evitar que las personas aspirantes tengan la sensaci贸n de participar a ciegas. Porque todo proceso selectivo debe permitir comprobar, reclamar y defender los derechos de cada participante.
RENFE ES LA RESPONSABLE FINAL
Es Renfe quien convoca, quien licita y quien debe garantizar que todo el proceso se desarrolle con seguridad, trazabilidad y control suficiente. Hay que esclarecer qu茅 ha ocurrido, revisar la custodia de las pruebas, analizar las reclamaciones presentadas y depurar responsabilidades si corresponde.
Valoramos que cualquier decisi贸n se adopte con respaldo jur铆dico y sin precipitaci贸n. Pero la seguridad jur铆dica no puede convertirse en una forma elegante de aplazar explicaciones.
LAS PERSONAS ASPIRANTES NO PUEDEN PAGARLO
Quienes se han presentado a esta convocatoria no pueden cargar con las consecuencias de una gesti贸n que no ha ofrecido todas las garant铆as necesarias. No se puede resolver una duda generando otra mayor, ni cerrar el problema con una soluci贸n que acabe trasladando la inseguridad a quienes menos responsabilidad tienen. Necesitan certezas, no silencios.
NO M脕S PROCESOS SIN GARANT脥AS
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo procesos selectivos limpios, transparentes y con garant铆as reales. Acceder al empleo p煤blico no puede convertirse en un acto de fe. Si Renfe exige esfuerzo, preparaci贸n y confianza a las personas aspirantes, tambi茅n debe ofrecer transparencia, respuestas y seguridad en cada fase del proceso.
SFF-CGT. HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 23/06/2026 | 48 UN BARCO EST脕 SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS | RENFE 23/06/2026 | 47 EL CONVENIO EN V脥A MUERTA (I). LA LOTER脥A DE LAS MOVILIDADES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauraci贸n y atenci贸n a bordo de los trenes y log铆stica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, n煤mero 222, viernes 13 de聽septiembre聽2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalizaci贸n del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE CONFLICTO COLECTIVO SOBRE LA OPACIDAD DE LAS MOVILIDADES EN RENFE CELEBRADO JUICIO EN LA AUDIENCIA NACIONAL | 13 2022-02-04 |
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 | Leido: 4 veces | El mi茅rcoles d铆a 2 de febrero, finalmente se celebr贸 el juicio del Conflicto Colectivo interpuesto por CGT respecto de la opacidad de las movilidades geogr谩ficas y funcionales que RENFE hab铆a comenzado a aplicar alegando, en unos casos, que los datos relativos a la lista de peticiones de cada candidato como la antig眉edad en la empresa y categor铆a, as铆 como la fecha de nacimiento, eran merecedores de especial protecci贸n por ser de car谩cter personal铆simo y, en otros casos, que l@s candidat@s no necesitaban conocer las causas de exclusi贸n.
Esta situaci贸n contraviene de manera frontal el hist贸rico ya que, aunque con deficiencias, todo es mejorable, estos datos eran de car谩cter p煤blico para l@s participantes por la Intranet y permit铆an una fiscalizaci贸n por parte de cada concursante para que sus derechos no se vieran mermados por un tercero sin derecho, respetando as铆 los principios de publicidad y transparencia que deben regir en la actuaci贸n de Grupo Renfe, as铆 como en sus sociedades mercantiles, como establece el EBEP (Estatuto B谩sico del Empleado P煤blico).
Recordemos, que fue gracias al trabajo de los servicios jur铆dicos de CGT que, al impugnar la cl谩usula 7陋 del I convenio colectivo que impuso la opacidad -con el benepl谩cito, consentimiento, acuerdo y FIRMA de SEMAF, CCOO, SF y UGT- en las movilidades, al impedir que se identificaran las vacantes, nos dio la raz贸n el Tribunal Supremo, y comenzamos a reconstruir una RENFE lo m谩s transparente posible, evitando tratos de favor y chanchullos varios. Esta Sentencia nos permiti贸 en el acto de juicio tener una postura m谩s consolidada respecto de los intereses de l@s trabajador@s.
Tras la celebraci贸n del juicio, albergamos serias certidumbres sobre la postura positiva que la sala de lo social de la AN, ante nuestras demandas, y establecer谩 que la publicidad y la transparencia deben volver a las movilidades, desapareciendo cualquier sombra de duda sobre estos procesos.
CGT POR LA TRANSPARENCIA EN LAS MOVILIDADES.
AF脥LIATE A CGT
Comunicado

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