Comunicados
RENFE | 49 30/06/2026
|
|
OEP COMERCIAL: ASÍ NO Cuando una persona se presenta a una Oferta Pública de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, mérito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situación generada en torno a la prueba psicotécnica ha abierto una duda que nunca debió producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa pública.
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: nunca miramos hacia otro lado cuando se pone en cuestión la confianza en un proceso selectivo. Ya, en otras ocasiones, acudimos al Defensor del Pueblo o al Tribunal Supremo.
TRANSPARENCIA DESDE EL PRIMER DÍA
El SFF-CGT ya trasladamos a la Dirección de Selección, antes de que esta situación alcanzara la dimensión actual, varias cuestiones que venimos reclamando desde hace años: publicación de plantillas correctoras, revisión real de exámenes, respuesta motivada a las reclamaciones y posibilidad de revisión telemática para quienes no puedan desplazarse a Madrid.
No son peticiones nuevas. Son medidas básicas para evitar que las personas aspirantes tengan la sensación de participar a ciegas. Porque todo proceso selectivo debe permitir comprobar, reclamar y defender los derechos de cada participante.
RENFE ES LA RESPONSABLE FINAL
Es Renfe quien convoca, quien licita y quien debe garantizar que todo el proceso se desarrolle con seguridad, trazabilidad y control suficiente. Hay que esclarecer qué ha ocurrido, revisar la custodia de las pruebas, analizar las reclamaciones presentadas y depurar responsabilidades si corresponde.
Valoramos que cualquier decisión se adopte con respaldo jurídico y sin precipitación. Pero la seguridad jurídica no puede convertirse en una forma elegante de aplazar explicaciones.
LAS PERSONAS ASPIRANTES NO PUEDEN PAGARLO
Quienes se han presentado a esta convocatoria no pueden cargar con las consecuencias de una gestión que no ha ofrecido todas las garantías necesarias. No se puede resolver una duda generando otra mayor, ni cerrar el problema con una solución que acabe trasladando la inseguridad a quienes menos responsabilidad tienen. Necesitan certezas, no silencios.
NO MÁS PROCESOS SIN GARANTÍAS
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo procesos selectivos limpios, transparentes y con garantías reales. Acceder al empleo público no puede convertirse en un acto de fe. Si Renfe exige esfuerzo, preparación y confianza a las personas aspirantes, también debe ofrecer transparencia, respuestas y seguridad en cada fase del proceso.
SFF-CGT. HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
|
 ADIF 23/06/2026 | 48 UN BARCO ESTÁ SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS | RENFE 23/06/2026 | 47 EL CONVENIO EN VÍA MUERTA (I). LA LOTERÍA DE LAS MOVILIDADES |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE ACUERDO TRABAJO A DISTANCIA: LAS PRISAS SON MALAS CONSEJERAS | 78 2021-07-30 |
| COMUNICADO
 | Leido: 23 veces | El pasado 28 de julio se firmó el acuerdo de Trabajo a Distancia (TD) en el grupo Renfe entre la Dirección de la Empresa y la mayoría del CGE (CC.OO, UGT y SF). CGT no validó el acuerdo, que tampoco fue suscrito por SEMAF.
Los motivos fundamentales por los cuales CGT consideró insuficiente el acuerdo, a pesar de los avances producidos desde el primer borrador presentado por la empresa, son los siguientes:
• La figura de la persona autorizadora, la cual consideramos el talón de Aquiles de este acuerdo, sigue con plenos poderes para hacer lo que a la empresa le venga en gana y ante el inapelable Juicio de la persona Autorizadora poco pueden hacer l@s trabajad@res que voluntariamente soliciten trabajar a distancia.
Desde CGT propusimos sustituir esa figura por criterios más justos, recogidos en nuestra plataforma de TD: reconocimiento oficial de limitación de Movilidad, grado de discapacidad, incapacidad motora temporal, víctima de violencia de género, acoso laboral, necesidades conciliación familiar, distancia del domicilio al centro de trabajo, turnos rotativos cuando existan más personas que puestos, etc.
Ojalá nos equivoquemos, pero poco o nada cambiará. Aunque quien autorice sea un Gerente de Área o Director, la decisión motivada procederá de los superiores directos: aquellos cuyos criterios crearon injusticia e inequidad durante la pandemia y hasta la fecha en materia de TD.
• La ley 10/2021 exige que en el contrato que se celebre entre las partes firmantes recogerá los gastos de energía o internet, entre otros. Dichos gastos han de ser compensados a la persona trabajadora pero en el contrato incluido en el acuerdo firmado en Renfe no se recogen estos criterios contemplados en la Ley.
• Respecto a los derechos recogidos en el RDL 28/2020, tres de ellos son entregados gratuitamente por los firmantes del acuerdo: El derecho a la Formación, los derechos colectivos y el derecho a la compensación por los gastos de energía, conexión a Internet, consumibles, mobiliario, etc.
Conviene resaltar que en la anterior reunión sobre TD tanto UGT como CC.OO. reclamaron el derecho de compensación de gastos, pero, en esta última reunión se olvidaron de lo que una semana antes solicitaban.
Desde CGT entendemos, que un Derecho es algo que nadie te puede quitar, que más bien en la propia negociación se puede y se debe mejorar. Este era un mínimo que se debería tener en cuenta y por ello este acuerdo de TD debería incluir todos los recogidos en la legislación vigente.
Estas han sido las líneas rojas que desde CGT entendimos no se podían cruzar pero tampoco se pueden olvidar otras cuestiones importantes: reversibilidad del TD, la empresa exigía que fueran 180 días y CGT 30 días pues entendíamos que ante un cambio fortuito en la vida familiar, personal etc. 180 días era una espera demasiado prolongada, finalmente la empresa lo rebajó a 90 días. Para CGT sigue siendo un tiempo excesivo por los motivos expuestos anteriormente. Sobre las posibilidades para que las personas de nuevo ingreso puedan ejercer el TD, tendrán que esperar a cumplir 1 año de antigüedad, vulnerando así su derecho a acogerse al mismo.
Hay bastantes cuestiones más que se deberán intentar resolver en la Comisión de Seguimiento del acuerdo, solicitada en nuestra plataforma a la que finalmente se sumaron todas las organizaciones, ya que en el primer borrador no se contemplaba. Nos ha sorprendido enormemente que los sindicatos no firmantes del acuerdo estemos en la comisión de seguimiento. No es muy habitual. Hasta ahora siempre se lo guisaban los firmantes. Nos preguntamos por qué ahora sí (¿será el desconocimiento de lo que han firmado?).
Por último, conseguimos se retirasen o modificasen diferentes puntos del acuerdo, una de los más importantes, el punto 6 que hablaba del mantenimiento de todos los derechos, “salvo aquellos derivados de la presencia física en los centros de trabajo”. Con este extraño e inoportuno redactado interpretábamos que nos podrían quitar las Jornadas Partidas, tarjetas restaurante, etc.
De nuevo el colectivo de Administración y Gestión ha perdido la oportunidad de conseguir un buen acuerdo dadas las prisas de la empresa y los firmantes de validar la propuesta antes de irse de vacaciones. Las prisas son siempre malas consejeras.
Desde CGT estaremos atentos y vigilantes para poder denunciar ante la Comisión de seguimiento todas las irregularidades y problemas de todas las personas afectadas por el TD que nos comuniquéis o podamos detectar. Luchando por conseguir judicialmente los derechos que se han quedado en el tintero.
QUE NO TE VENDAN QUE ESTO ES LO MENOS MALO.
POR TUS DERECHOS, AFÍLIATE A CGT.
Comunicado

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |