Comunicados
RENFE | 49 30/06/2026
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OEP COMERCIAL: AS脥 NO Cuando una persona se presenta a una Oferta P煤blica de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, m茅rito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situaci贸n generada en torno a la prueba psicot茅cnica ha abierto una duda que nunca debi贸 producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa p煤blica.
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: nunca miramos hacia otro lado cuando se pone en cuesti贸n la confianza en un proceso selectivo. Ya, en otras ocasiones, acudimos al Defensor del Pueblo o al Tribunal Supremo.
TRANSPARENCIA DESDE EL PRIMER D脥A
El SFF-CGT ya trasladamos a la Direcci贸n de Selecci贸n, antes de que esta situaci贸n alcanzara la dimensi贸n actual, varias cuestiones que venimos reclamando desde hace a帽os: publicaci贸n de plantillas correctoras, revisi贸n real de ex谩menes, respuesta motivada a las reclamaciones y posibilidad de revisi贸n telem谩tica para quienes no puedan desplazarse a Madrid.
No son peticiones nuevas. Son medidas b谩sicas para evitar que las personas aspirantes tengan la sensaci贸n de participar a ciegas. Porque todo proceso selectivo debe permitir comprobar, reclamar y defender los derechos de cada participante.
RENFE ES LA RESPONSABLE FINAL
Es Renfe quien convoca, quien licita y quien debe garantizar que todo el proceso se desarrolle con seguridad, trazabilidad y control suficiente. Hay que esclarecer qu茅 ha ocurrido, revisar la custodia de las pruebas, analizar las reclamaciones presentadas y depurar responsabilidades si corresponde.
Valoramos que cualquier decisi贸n se adopte con respaldo jur铆dico y sin precipitaci贸n. Pero la seguridad jur铆dica no puede convertirse en una forma elegante de aplazar explicaciones.
LAS PERSONAS ASPIRANTES NO PUEDEN PAGARLO
Quienes se han presentado a esta convocatoria no pueden cargar con las consecuencias de una gesti贸n que no ha ofrecido todas las garant铆as necesarias. No se puede resolver una duda generando otra mayor, ni cerrar el problema con una soluci贸n que acabe trasladando la inseguridad a quienes menos responsabilidad tienen. Necesitan certezas, no silencios.
NO M脕S PROCESOS SIN GARANT脥AS
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo procesos selectivos limpios, transparentes y con garant铆as reales. Acceder al empleo p煤blico no puede convertirse en un acto de fe. Si Renfe exige esfuerzo, preparaci贸n y confianza a las personas aspirantes, tambi茅n debe ofrecer transparencia, respuestas y seguridad en cada fase del proceso.
SFF-CGT. HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 23/06/2026 | 48 UN BARCO EST脕 SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS | RENFE 23/06/2026 | 47 EL CONVENIO EN V脥A MUERTA (I). LA LOTER脥A DE LAS MOVILIDADES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauraci贸n y atenci贸n a bordo de los trenes y log铆stica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, n煤mero 222, viernes 13 de聽septiembre聽2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalizaci贸n del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF LAS DESVENTURAS DE ADIF EN INFRAESTRUCTURA CONTIN脷AN | 58 2021-06-11 |
| COMUNICADO
 | Leido: 17 veces | Poco a poco la empresa contin煤a degradando la situaci贸n laboral de su personal en infraestructura. Lejos de ser suficiente con el cierre de bases, supresi贸n de turnos, ampliaci贸n de 谩mbitos, destacamentos forzados e implementaci贸n de Procedimientos Espec铆ficos aprobados de forma unilateral que ya viene aplicando, ahora se inventa otra salida del tiesto.
Ven铆amos sospechando que la empresa ven铆a ejecutando un nuevo giro de tim贸n en cuanto a sus pretensiones con la invenci贸n de la figura del RTT (Responsable T茅cnico de los Trabajos) y su afectaci贸n a las responsabilidades del ET y la seguridad de la circulaci贸n.
Un nuevo cambio de visi贸n que confirm贸 la propia empresa en la anterior reuni贸n de la Comisi贸n Operativa de Seguridad en la Circulaci贸n de la Direcci贸n General de Explotaci贸n y Construcci贸n realizada el d铆a 1 de junio de este a帽o, donde a nuestra pregunta 鈥淎nte la presencia de un Responsable T茅cnico de Trabajos, 驴Puede designarse a ese trabajo un Encargado de Trabajos con especialidad distinta a la obra/trabajo a realizar?鈥 la empresa contest贸 que s铆, que no existe ning煤n inconveniente ni limitaci贸n. Parece ser que a alguien se le ha olvidado lo que indica la Orden de Fomento 2872/2010 en el punto 2 del Art铆culo 13:
鈥淟a habilitaci贸n de encargado de trabajos faculta a su titular para realizar las funciones correspondientes a actuaciones en v铆a bloqueada seg煤n se establece en la normativa ferroviaria vigente en materia de seguridad en la circulaci贸n, controlar y, en su caso dirigir, los trabajos que se lleven a cabo en la infraestructura ferroviaria o en sus proximidades, controlando a los pilotos de seguridad en la circulaci贸n en sus funciones de vigilancia de la infraestructura y protecci贸n de los trabajos sobre la misma en relaci贸n con la seguridad en la circulaci贸n. En cada caso la habilitaci贸n especificar谩 las funciones correspondientes a las actuaciones o especialidades de que se trate, que podr谩n ser de infraestructura y v铆a; electrificaci贸n; se帽alizaci贸n; o telecomunicaciones.鈥
Es tambi茅n curioso que antes de la creaci贸n de la IT-301-001-007-SC524 COMUNICACIONES ENTRE: AGENTES HABILITADOS PARA CONCERTAR TRABAJOS Y EL RESPONSABLE T脡CNICO DE LOS MISMOS CUANDO NO SEAN LA MISMA PERSONA, EN LA EJECUCI脫N DE TRABAJOS EN L脥NEAS DE RED CONVENCIONAL Y ALTA VELOCIDAD, en la misma Comisi贸n Operativa de Seguridad en la Circulaci贸n de la Direcci贸n General de Explotaci贸n y Construcci贸n pero con fecha a 12/06/2018 la empresa dijo lo siguiente:
鈥淟a Representaci贸n de Mantenimiento indica que, si se han producido los hechos descritos, se incurrir铆a en un caso de riesgo si no hay un procedimiento de coordinaci贸n entre el personal que intervine en el proceso de circulaci贸n y el personal que tiene a su cargo el propio trabajo. Debiendo haber un Encargado de Trabajos con la especialidad concreta del trabajo espec铆fico.鈥
Con este giro argumental la empresa da a entender que una IT que pertenece a su SGS (Sistema de Gesti贸n de Seguridad) puede modificar una norma de rango superior como es la OFOM 2872/2010. Evidentemente esto no es posible y as铆 lo seguiremos defendiendo desde CGT.
Tampoco hay que olvidar que la figura del RTT no est谩 integrada en nuestra Normativa Laboral, por lo que ser铆a muy complicado de comprender que se asignaran sus funciones al personal de ADIF, funciones, que al igual que los requisitos psicof铆sicos y responsabilidades, no est谩n fijadas, cuesti贸n peliaguda para una figura que tiene repercusi贸n en la seguridad de la circulaci贸n.
Una vez m谩s observamos como la empresa tergiversa la realidad a su antojo para generar nuevas situaciones conflictivas con su personal y por mucho que traten de desvirtuar una recomendaci贸n de la AESF para justificarse, a nadie se les escapa a estas alturas que todo viene derivado de una end茅mica y evidente falta de ET propios para acometer la producci贸n.
En CGT no vamos a permitir que una mala planificaci贸n de recursos humanos termine derivando en perjuicio de las personas trabajadoras y pondremos en marcha las v铆as necesarias para que ADIF rectifique.
CGT GARANTIZA TUS DERECHOS Y TU SEGURIDAD.
ELIGE CGT
Comunicado

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