Comunicados
RENFE | 53 01/08/2026
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LA AFILIACI脫N DEL SFF-CGT SUSCRIBE EL IV CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO RENFE Desde la madrugada del mi茅rcoles, el Grupo Renfe cuenta con un nuevo preacuerdo de convenio colectivo.
No es que las partes decidieran madrugar para negociar, sino que la reuni贸n iniciada el martes a las 10:00 finaliz贸 pasadas las 5:00 de la ma帽ana del d铆a siguiente. Lo que parec铆a una inocente reuni贸n cuyo orden del d铆a era un lac贸nico 鈥淓stado del IV Convenio Colectivo鈥 y cuyo material de trabajo eran unos borradores sobre los protocolos de acoso y desconexi贸n digital se torn贸 en una vor谩gine de entregas de documentaci贸n para su an谩lisis y respuesta cuasiinmediata.
Desde el SFF-CGT nos gustar铆a que el conjunto de organizaciones del Comit茅 General de Empresa dejara de plegarse a estas pr谩cticas coercitivas de la direcci贸n. Como manifestamos in situ, la reuni贸n debi贸 haberse suspendido por la tarde para continuar en los d铆as siguientes. Es imposible mantener durante horas una negociaci贸n rigurosa y hacer aportaciones de calidad a textos de decenas de p谩ginas. Renfe lo sabe y las organizaciones mayoritarias lo permiten. Si ten铆an prisa por aprobar y remitir el convenio antes de agosto, que nos hubieran convocado una semana antes.
Pese a que las formas estuvieron muy lejos de ser las adecuadas, el fondo s铆 nos parec铆a aceptable, as铆 que solicitamos valorar nuestra adhesi贸n al preacuerdo. Nuestra organizaci贸n, a diferencia de otras, consulta a su afiliaci贸n cuando hay que estudiar y considerar un convenio.
Tras este proceso participativo, la afiliaci贸n ha decidido ratificar el texto, valorando los avances que ven铆amos demandando p煤blicamente y las mejoras transversales aplicables al conjunto de las personas trabajadoras:
鈥 Protecci贸n del personal de Rodalies, tras incorporarlos al 谩mbito de aplicaci贸n del convenio.
鈥 Desarrollo de la carrera profesional de los CGO: Clasificaci贸n profesional propia, largamente
demandada, que comprende funcionalmente todos los 谩mbitos y desarrolla el sistema retributivo.
鈥 Nuevo sistema de primas variables: Traspaso de casi la mitad de la prima variable a un complemento
fijo que asegura el cobro de un importe significativo mes a mes.
鈥 Nueva movilidad geogr谩fica continua: Trazable, sin trabas injustificadas a la participaci贸n.
鈥 Horas anuales remuneradas para especialistas y pruebas diagn贸sticas: 15 horas anuales, una carencia
hist贸rica en Renfe frente al resto de la Administraci贸n P煤blica.
Aun as铆, este convenio incluye puntos que han generado controversia o que no son tan positivos como pretenden vender otras organizaciones. Somos conscientes de que quedan materias pendientes sobre las que ser谩 necesario seguir trabajando durante su vigencia y en los convenios futuros.
Por ello, nuestra organizaci贸n participar谩 activamente en todas las mesas en las que ahora tendremos presencia. Marcando prioridades, aportando, incidiendo, criticando y metiendo el dedo en la llaga como siempre. Aqu铆 empieza un nuevo convenio.  COMUNICADO
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 RENFE 22/07/2026 | 52 PRIMER BALANCE DE LA CAMPA脩A SOBRE CLIMATIZACI脫N A BORDO DE LOS TRENES | RENFE 13/07/2026 | 51 OEP COMERCIAL: EMPRENDIENDO ACCIONES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauraci贸n y atenci贸n a bordo de los trenes y log铆stica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, n煤mero 222, viernes 13 de聽septiembre聽2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalizaci贸n del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE JUBILACI脫N PARCIAL SEG脷N EL REAL DECRETO 20/2018 PARA FABRICACI脫N Y MANTENIMIENTO MAS VALE TARDE QUE NUNCA | 36 2021-04-21 |
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 | Leido: 12 veces | El d铆a 20 de abril de 2021 se reuni贸 la Comisi贸n Negociadora del II Convenio Colectivo del Grupo Renfe convocada para tratar la Jubilaci贸n Parcial en la Industria Manufacturera (RD 20/2018).
Desde CGT, siendo conocedores de este Real Decreto igual que el resto de organizaciones sindicales que componen el CGE del Grupo Renfe y que imaginamos que tambi茅n eran conocedoras del mismo y sin embargo estas organizaciones sindicales firman el II Convenio Colectivo del Grupo Renfe donde incluyen un Plan de Empleo con una Jubilaci贸n Parcial con las condiciones generalistas para la jubilaci贸n parcial establecidas por la Ley, sin tener en cuenta los beneficios que incorpora el RD 20/2018 para el colectivo de Fabricaci贸n y Mantenimiento que cumpla con los requisitos que establece el Real Decreto.
Este Real Decreto se public贸 el 7 de diciembre de 2018 y tiene una vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022.
CGT siempre ha apostado por la aplicaci贸n de la jubilaci贸n parcial con contrato de relevo, como la mejor forma de conseguir el rejuvenecimiento de la plantilla. Pero lo que tambi茅n tenemos claro, es que los acuerdos que se incorporan en el convenio en ning煤n caso deben ser lesivos para l@s trabajador@s, ni que tampoco se dejen de aplicar las leyes que mejoran los citados acuerdos.
Por todo lo anterior, desde CGT realizamos una consulta a la Direcci贸n General de Ordenaci贸n de la Seguridad Social donde nos comunicaron que seg煤n el c贸digo de actividad (CNAE) de Fabricaci贸n y Mantenimiento, este Real Decreto es de aplicaci贸n para l@s trabajadores/as de talleres que cumplan con los requisitos establecidos por el RD. Tras esa consulta, solicitamos a la direcci贸n de la empresa la aplicaci贸n inmediata del Real Decreto en el 2019, ante la inacci贸n de la empresa emprendimos la actuaci贸n jur铆dica en la Audiencia Nacional para tratar de mejorar la jubilaci贸n parcial de l@s trabajadores/as de talleres.
Los requisitos son los siguientes:
鈥 Que realice directamente funciones que requieran esfuerzo f铆sico o alto grado de atenci贸n en tareas de fabricaci贸n, elaboraci贸n o transformaci贸n, as铆 como en las de montaje, puesta en funcionamiento, mantenimiento y reparaci贸n especializados de maquinaria y equipo industrial en empresas clasificadas como industria manufacturera.
鈥 Cumplir los 61 a帽os durante la vigencia del Real Decreto.
鈥 Acreditar un periodo de antig眉edad en la empresa de seis a帽os inmediatamente anteriores a la jubilaci贸n parcial.
鈥 Que se acredite un periodo de cotizaci贸n de 33 a帽os a la fecha de jubilaci贸n parcial.
Diferencias entre el Plan de empleo del II Convenio Colectivo del Grupo Renfe, para el acceso a la Jubilaci贸n Parcial conforme a la legislaci贸n vigente en estos momentos, con las siguientes condiciones de edad m铆nima de acceso y periodos cotizados m铆nimos:
鈥 En 2020: Desde los 61 a帽os y 10 meses y tener un m铆nimo de 35 a帽os cotizados.
鈥 En 2021: Desde los 62 a帽os y tener un m铆nimo de 35 a帽os y 3 meses cotizados.
鈥 En 2022: Desde los 62 a帽os y 2 meses y tener un m铆nimo de 35 a帽os y 6 meses cotizados.
Por lo tanto, tal y como figura en el Acta de la Comisi贸n Negociadora se ha abierto un plazo de solicitud desde el d铆a 21 de abril hasta las 24:00 horas del d铆a 27, para aquell@s trabajadores/as que cumplan los requisitos mencionados y quieran acceder a la jubilaci贸n parcial 2021, tienen que formalizar su petici贸n en el modelo especifico a trav茅s de RR.HH.
CGT en solitario -la victoria tiene mil padres la derrota o el fracaso siempre es hu茅rfana-, llevaba desde el 2019 intentando que se aplicara este Real Decreto para l@s trabajadores/as de talleres que cumplan los requisitos por ser condici贸n m谩s beneficiosa. Como se suele decir, m谩s vale tarde que nunca, pero el colectivo de talleres ha perdido esta condici贸n m谩s beneficiosa en los a帽os 2019 y 2020.
Por otro lado, l@s compa帽er@s de talleres que accedieron a la jubilaci贸n parcial durante el a帽o 2019 y 2020, est谩n en su derecho de presentar sus demandas judiciales para que se les revise la base reguladora de la pensi贸n de jubilaci贸n seg煤n los requisitos del Real Decreto.
CGT POR LOS DERECHOS DE LOS TRABAJADORES DE TALLERES.
隆AFILIATE A CGT!
Comunicado

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