Comunicados
RENFE | 49 30/06/2026
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OEP COMERCIAL: AS脥 NO Cuando una persona se presenta a una Oferta P煤blica de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, m茅rito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situaci贸n generada en torno a la prueba psicot茅cnica ha abierto una duda que nunca debi贸 producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa p煤blica.
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: nunca miramos hacia otro lado cuando se pone en cuesti贸n la confianza en un proceso selectivo. Ya, en otras ocasiones, acudimos al Defensor del Pueblo o al Tribunal Supremo.
TRANSPARENCIA DESDE EL PRIMER D脥A
El SFF-CGT ya trasladamos a la Direcci贸n de Selecci贸n, antes de que esta situaci贸n alcanzara la dimensi贸n actual, varias cuestiones que venimos reclamando desde hace a帽os: publicaci贸n de plantillas correctoras, revisi贸n real de ex谩menes, respuesta motivada a las reclamaciones y posibilidad de revisi贸n telem谩tica para quienes no puedan desplazarse a Madrid.
No son peticiones nuevas. Son medidas b谩sicas para evitar que las personas aspirantes tengan la sensaci贸n de participar a ciegas. Porque todo proceso selectivo debe permitir comprobar, reclamar y defender los derechos de cada participante.
RENFE ES LA RESPONSABLE FINAL
Es Renfe quien convoca, quien licita y quien debe garantizar que todo el proceso se desarrolle con seguridad, trazabilidad y control suficiente. Hay que esclarecer qu茅 ha ocurrido, revisar la custodia de las pruebas, analizar las reclamaciones presentadas y depurar responsabilidades si corresponde.
Valoramos que cualquier decisi贸n se adopte con respaldo jur铆dico y sin precipitaci贸n. Pero la seguridad jur铆dica no puede convertirse en una forma elegante de aplazar explicaciones.
LAS PERSONAS ASPIRANTES NO PUEDEN PAGARLO
Quienes se han presentado a esta convocatoria no pueden cargar con las consecuencias de una gesti贸n que no ha ofrecido todas las garant铆as necesarias. No se puede resolver una duda generando otra mayor, ni cerrar el problema con una soluci贸n que acabe trasladando la inseguridad a quienes menos responsabilidad tienen. Necesitan certezas, no silencios.
NO M脕S PROCESOS SIN GARANT脥AS
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo procesos selectivos limpios, transparentes y con garant铆as reales. Acceder al empleo p煤blico no puede convertirse en un acto de fe. Si Renfe exige esfuerzo, preparaci贸n y confianza a las personas aspirantes, tambi茅n debe ofrecer transparencia, respuestas y seguridad en cada fase del proceso.
SFF-CGT. HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 23/06/2026 | 48 UN BARCO EST脕 SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS | RENFE 23/06/2026 | 47 EL CONVENIO EN V脥A MUERTA (I). LA LOTER脥A DE LAS MOVILIDADES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauraci贸n y atenci贸n a bordo de los trenes y log铆stica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, n煤mero 222, viernes 13 de聽septiembre聽2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalizaci贸n del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE JUSTIFICACI脫N D脥AS MALOSOS IMPUESTA POR RENFE CGT INTERPONE CONFLICTO COLECTIVO. | 21 2020-02-13 |
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 | Leido: 17 veces | CGT ha interpuesto demanda de Conflicto Colectivo ante la Audiencia Nacional, ante la imposici贸n de la prescripci贸n de reposo que impone el Grupo Renfe a los justificantes m茅dicos en los casos de ausencia en el trabajo que no implique situaci贸n de baja laboral.
Como recordareis en fecha 12 de septiembre de 2018, la Audiencia Nacional en sentencia n潞 143/2018 fallo a favor de las tesis defendidas de CGT que no eran otras que la aplicaci贸n de lo dispuesto en la Disposici贸n Adicional Trig茅simo Octava de la Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado que establec铆a 鈥渜ue la ausencia al trabajo por causa de enfermedad o accidente que no d茅 lugar a una situaci贸n de incapacidad temporal, por parte del personal al que se refiere el art铆culo 9 del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, comportar谩 la aplicaci贸n del mismo descuento en n贸mina previsto para la situaci贸n de incapacidad temporal en los t茅rminos y condiciones que establezcan respecto a su personal cada una de las Administraciones P煤blicas鈥.
A帽ade esta disposici贸n adicional que, 鈥渆n el caso de la Administraci贸n del Estado, organismos y entidades de derecho p煤blico dependientes de la misma y 贸rganos constitucionales, el descuento a que se refiere el apartado anterior no se aplicar谩 cuando el n煤mero de d铆as de ausencia por enfermedad o accidente en el a帽o natural no supere la cifra que se establezca por Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones P煤blicas y con los requisitos y condiciones determinados en la misma.
La orden que public贸 el Ministerio de Hacienda desarrollando esta legislaci贸n establece en su art 3.1 que 鈥淓l descuento en n贸mina regulado en el art铆culo anterior no ser谩 de aplicaci贸n a cuatro d铆as de ausencias a lo largo del a帽o natural, de las cuales s贸lo tres podr谩n tener lugar en d铆as consecutivos, siempre que est茅n motivadas en enfermedad o accidente, y no den lugar a incapacidad temporal. Ello exigir谩 la justificaci贸n de la ausencia en los t茅rminos establecidos en las normas reguladoras de la jornada y el horario de aplicaci贸n en cada 谩mbito.鈥
Esta orden, fue deliberadamente ignorada por el Grupo RENFE en otro intento m谩s de cercenar los derechos de los trabajadores lo que fren贸 CGT ganando esta sentencia ante la pasividad absoluta del resto de sindicatos. La sentencia no fue recurrida y una vez firme, RENFE traslad贸 a sus jefaturas una orden interna en la que para la aplicaci贸n de estos d铆as exige que el parte m茅dico prescriba la recomendaci贸n de reposo.
Esto ha ocasionado un bloqueo evidente a la posibilidad de tener derecho a estos d铆as ya que los m茅dicos se niegan a la citada prescripci贸n lo que hace que la empresa no contemple los citados d铆as y exija el correspondiente parte de baja.
Entendemos que la empresa se extralimita imponiendo a los m茅dicos lo que deben prescribir y salt谩ndose la propia legislaci贸n, ya que se trata de una decisi贸n unilateral impuesta sin ni siquiera utilizar la herramienta de la negociaci贸n colectiva.
CGT no va a permitir este nuevo atropello a los derechos de l@s trabajador@s y contin煤a luchando contra los continuados recortes e incumplimientos de las leyes que el GRUPO RENFE aplica para recortar cualquier derecho que nos asiste.
CGT CONTRA LOS RECORTES DE DERECHOS.
VEN A LUCHAR CON CGT
Comunicado

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