Comunicados
RENFE | 49 30/06/2026
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OEP COMERCIAL: ASà NO Cuando una persona se presenta a una Oferta Pública de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, mérito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situación generada en torno a la prueba psicotécnica ha abierto una duda que nunca debió producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa pública.
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: nunca miramos hacia otro lado cuando se pone en cuestión la confianza en un proceso selectivo. Ya, en otras ocasiones, acudimos al Defensor del Pueblo o al Tribunal Supremo.
TRANSPARENCIA DESDE EL PRIMER DÃA
El SFF-CGT ya trasladamos a la Dirección de Selección, antes de que esta situación alcanzara la dimensión actual, varias cuestiones que venimos reclamando desde hace años: publicación de plantillas correctoras, revisión real de exámenes, respuesta motivada a las reclamaciones y posibilidad de revisión telemática para quienes no puedan desplazarse a Madrid.
No son peticiones nuevas. Son medidas básicas para evitar que las personas aspirantes tengan la sensación de participar a ciegas. Porque todo proceso selectivo debe permitir comprobar, reclamar y defender los derechos de cada participante.
RENFE ES LA RESPONSABLE FINAL
Es Renfe quien convoca, quien licita y quien debe garantizar que todo el proceso se desarrolle con seguridad, trazabilidad y control suficiente. Hay que esclarecer qué ha ocurrido, revisar la custodia de las pruebas, analizar las reclamaciones presentadas y depurar responsabilidades si corresponde.
Valoramos que cualquier decisión se adopte con respaldo jurÃdico y sin precipitación. Pero la seguridad jurÃdica no puede convertirse en una forma elegante de aplazar explicaciones.
LAS PERSONAS ASPIRANTES NO PUEDEN PAGARLO
Quienes se han presentado a esta convocatoria no pueden cargar con las consecuencias de una gestión que no ha ofrecido todas las garantÃas necesarias. No se puede resolver una duda generando otra mayor, ni cerrar el problema con una solución que acabe trasladando la inseguridad a quienes menos responsabilidad tienen. Necesitan certezas, no silencios.
NO MÃS PROCESOS SIN GARANTÃAS
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo procesos selectivos limpios, transparentes y con garantÃas reales. Acceder al empleo público no puede convertirse en un acto de fe. Si Renfe exige esfuerzo, preparación y confianza a las personas aspirantes, también debe ofrecer transparencia, respuestas y seguridad en cada fase del proceso.
SFF-CGT. HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 23/06/2026 | 48 UN BARCO ESTÃ SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS | RENFE 23/06/2026 | 47 EL CONVENIO EN VÃA MUERTA (I). LA LOTERÃA DE LAS MOVILIDADES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logÃstica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE-ADIF CGT CONSIGUE EL DISFRUTE ÃNTEGRO DE LOS DÃAS DE LICENCIA POR ASUNTOS PROPIOS “LZ†| 5 2020-01-16 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 94 veces | En el año 2017, la empresa inició la aplicación de la norma, en cuanto a la interpretación del derecho al disfrute de los dÃas de asuntos propios de manera restrictiva, recortando dÃas a l@s trabajadores/as que habÃan ingresado a lo largo del año e impidiéndoles disfrutar de los seis dÃas a los que tod@s tenemos derecho.
Desde el minuto uno, desde CGT manifestamos nuestro desacuerdo con la reducción del derecho y por lo tanto, de la merma en los dÃas de licencia que se les aplicaba a est@s compañer@s. Ante la negativa de la empresa a reconocer de manera Ãntegra el derecho, iniciamos la defensa de este derecho a través de nuestros servicios jurÃdicos.
Una vez más y de manera lamentable, el resto de sindicatos miraron hacia otro lado, incluso hubo alguno que compartÃa la misma opinión de la empresa, informando a su afiliación en este sentido y dando por buena la reducción del derecho.
El TSJC dictó sentencia por el Conflicto Colectivo interpuesto por CGT, fallando:
“Estimando la demanda en materia de conflicto colectivo formulada por SFF-CGT y, en consecuencia, debemos declarar y declaramos el derecho de los agentes incorporados a las residencias de conducción de Cataluña en el año 2017 a disfrutar, previa solicitud, de seis dÃas de libre disposición, condenando a RENFE VIAJEROS S.A. a estar y pasar por tal declaración, facilitando el disfrute de los dÃas pendientes solicitados y denegados, siempre y cuando estén en plazo o, en caso contrario, compensarles económicamente los dÃas pendientes de disfrute del ejercicio 2017.â€
Aún asÃ, Renfe recurrió la Sentencia ante el Tribunal Supremo, dando este de nuevo la razón a CGT:
“1º) Desestimar el recurso de casación interpuesto por la representación de Renfe Viajeros, S.A.
2º) Confirmar la sentencia recurrida de 19 de septiembre de 2018 dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el procedimiento núm. 19/2018 seguido a instancia del Sindicato del Sector Federal Ferroviario de la Confederación General del Trabajo (CGT) contra Renfe Viajeros, .S.A sobre conflicto colectivo.â€
CGT exigirá a Renfe el cumplimiento de la Sentencia y que facilite el disfrute de las LZ que denegó en el año 2017 y posteriores, o bien compense económicamente por ello. También, que a partir de ahora no cercene el derecho a las seis LZ a tod@s l@s trabajadores/as que se incorporen en la empresa indistintamente de la fecha.
Esta sentencia permitirá a cualquier trabajador/a de Renfe y Adif y del colectivo que sea, el disfrute de las LZ solicitadas en tiempo y forma.
Desde CGT os animamos a tod@s l@s compañer@s a disfrutar este derecho y a reclamarlo, bien de manera particular o poniéndose en contacto con cualquiera de nuestr@s delegad@s.
NO SOSTENGAS A QUIENES VENDEN TUS DERECHOS
¡AFILIATE A CGT!
Comunicado Anexo 1

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