Comunicados
RENFE | 49 30/06/2026
|
|
OEP COMERCIAL: ASÍ NO Cuando una persona se presenta a una Oferta Pública de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, mérito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situación generada en torno a la prueba psicotécnica ha abierto una duda que nunca debió producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa pública.
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: nunca miramos hacia otro lado cuando se pone en cuestión la confianza en un proceso selectivo. Ya, en otras ocasiones, acudimos al Defensor del Pueblo o al Tribunal Supremo.
TRANSPARENCIA DESDE EL PRIMER DÍA
El SFF-CGT ya trasladamos a la Dirección de Selección, antes de que esta situación alcanzara la dimensión actual, varias cuestiones que venimos reclamando desde hace años: publicación de plantillas correctoras, revisión real de exámenes, respuesta motivada a las reclamaciones y posibilidad de revisión telemática para quienes no puedan desplazarse a Madrid.
No son peticiones nuevas. Son medidas básicas para evitar que las personas aspirantes tengan la sensación de participar a ciegas. Porque todo proceso selectivo debe permitir comprobar, reclamar y defender los derechos de cada participante.
RENFE ES LA RESPONSABLE FINAL
Es Renfe quien convoca, quien licita y quien debe garantizar que todo el proceso se desarrolle con seguridad, trazabilidad y control suficiente. Hay que esclarecer qué ha ocurrido, revisar la custodia de las pruebas, analizar las reclamaciones presentadas y depurar responsabilidades si corresponde.
Valoramos que cualquier decisión se adopte con respaldo jurídico y sin precipitación. Pero la seguridad jurídica no puede convertirse en una forma elegante de aplazar explicaciones.
LAS PERSONAS ASPIRANTES NO PUEDEN PAGARLO
Quienes se han presentado a esta convocatoria no pueden cargar con las consecuencias de una gestión que no ha ofrecido todas las garantías necesarias. No se puede resolver una duda generando otra mayor, ni cerrar el problema con una solución que acabe trasladando la inseguridad a quienes menos responsabilidad tienen. Necesitan certezas, no silencios.
NO MÁS PROCESOS SIN GARANTÍAS
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo procesos selectivos limpios, transparentes y con garantías reales. Acceder al empleo público no puede convertirse en un acto de fe. Si Renfe exige esfuerzo, preparación y confianza a las personas aspirantes, también debe ofrecer transparencia, respuestas y seguridad en cada fase del proceso.
SFF-CGT. HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
|
 ADIF 23/06/2026 | 48 UN BARCO ESTÁ SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS | RENFE 23/06/2026 | 47 EL CONVENIO EN VÍA MUERTA (I). LA LOTERÍA DE LAS MOVILIDADES |
Jurídica
|
Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
|
|
Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
|
|
Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
|
|
RENFE REDUCCION DE JORNADA, ¡¡COMPENSACIÓN YA!! | 81 2019-09-17 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 41 veces | En CGT teníamos claro que: Desde el pasado 5 de julio de 2018 los trabajadores del Grupo Renfe teníamos derecho a disfrutar de una jornada anual, cuyo promedio semanal es de 37 horas y media, sin perjuicio de las jornadas especiales existentes o que, en su caso, se establecieran.
Como sindicato, ese fue el principal motivo que reclamamos y también como trabajadores/as. A todas luces y en virtud de la cláusula V del II Convenio Colectivo, no compartimos en absoluto el acuerdo sobre la fecha del 1 de enero del 2019, a partir de la que tenía efecto y no desde el 5 de julio de 2018. Durante las negociaciones del convenio, lo reivindicamos en multitud de ocasiones, propuesta que fueron recibidas con el silencio del resto de sindicatos, con excepción de SF-I. Debido a los acuerdos que se iban alcanzando, no vimos otra solución que la judicialización del periodo de 2018, para que no prescribiera el derecho a la compensación de la jornada realizada en exceso.
Un año después, desde la Audiencia Nacional se reconoce ese derecho que CGT reclamó desde julio de 2018, por ser de aplicación desde la entrada en vigor de la Disposición Adicional 144a de la Ley 6/2018, cuya aplicación temporal y ámbito no dejaba lugar a dudas.
A pesar de que en la sentencia se nos da la razón al respecto de la fecha de efectos, la misma nos da una de cal y desestima la pretensión para que durante 2018 se computase sobre la jornada legal pactada en convenio, aceptando el acuerdo de la Comisión Negociadora y estableciendo que: “que, en ningún caso, podría empeorarse la jornada legal ordinaria mediante la negociación colectiva, LO CIERTO es que al pactar los firmantes del Convenio la jornada de 1642 horas en 2019, ya no se ha querido entrar en aplicarla en 2018 sobre los 215 o 216 días de jornada.”
Suponemos que esto último hubiese afeado más aún la “capacidad negociadora” de esa mayoría sindical a la que no le tembló el pulso para firmar que la reducción de jornada sería efectiva solo desde el 1 de enero de 2019, tirando un derecho de l@s ferroviari@s a la basura sin explicación aparente.
Asimismo, la sentencia deja claro, en relación a la reducción de jornada en días enteros, que lo que no se consiga en la negociación no es preceptivo que nos lo den desde el juzgado, al no haber disposiciones legales que lo amparen.
Cabe esperar que para futuras ocasiones negociemos más y mejor, sólo tenemos que fijarnos en los compañeros de ADIF que, teniendo en su CGE casi la misma presencia sindical, excepción del SEMAF, lo han hecho bastante mejor, consiguiendo una reducción de 10 días enteros y no en unos minutillos que al final son inapreciables.
Desde CGT, exigimos que la empresa deje ya de remolonear con este asunto y compense la reducción de jornada que nos debe del año 2018, para demostrarnos su voluntad de mejorar la conciliación laboral y familiar y se cuestione lo que ha impuesto, alcanzando un acuerdo que satisfaga a todas las partes.
¡Muévete!, apoya a l@s compañer@s de CGT.
Comunicado Anexo 1

|
|
|
© Sector Federal Ferroviario [Avda. Ciudad de Barcelona 10 - Sótano / 28007 Madrid] Tfnos: 915 066 285 / 915 066 287 - Fax: 915 066 314 - e-mail: sff-cgt@cgt.es POLÍTICA DE PRIVACIDAD Óptima visualización: 1280 x 960 Sector Federal Ferroviario
desde 16-03-2016
|
| |