Comunicados
RENFE | 53 01/08/2026
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LA AFILIACIÓN DEL SFF-CGT SUSCRIBE EL IV CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO RENFE Desde la madrugada del miércoles, el Grupo Renfe cuenta con un nuevo preacuerdo de convenio colectivo.
No es que las partes decidieran madrugar para negociar, sino que la reunión iniciada el martes a las 10:00 finalizó pasadas las 5:00 de la mañana del día siguiente. Lo que parecía una inocente reunión cuyo orden del día era un lacónico “Estado del IV Convenio Colectivo” y cuyo material de trabajo eran unos borradores sobre los protocolos de acoso y desconexión digital se tornó en una vorágine de entregas de documentación para su análisis y respuesta cuasiinmediata.
Desde el SFF-CGT nos gustaría que el conjunto de organizaciones del Comité General de Empresa dejara de plegarse a estas prácticas coercitivas de la dirección. Como manifestamos in situ, la reunión debió haberse suspendido por la tarde para continuar en los días siguientes. Es imposible mantener durante horas una negociación rigurosa y hacer aportaciones de calidad a textos de decenas de páginas. Renfe lo sabe y las organizaciones mayoritarias lo permiten. Si tenían prisa por aprobar y remitir el convenio antes de agosto, que nos hubieran convocado una semana antes.
Pese a que las formas estuvieron muy lejos de ser las adecuadas, el fondo sí nos parecía aceptable, así que solicitamos valorar nuestra adhesión al preacuerdo. Nuestra organización, a diferencia de otras, consulta a su afiliación cuando hay que estudiar y considerar un convenio.
Tras este proceso participativo, la afiliación ha decidido ratificar el texto, valorando los avances que veníamos demandando públicamente y las mejoras transversales aplicables al conjunto de las personas trabajadoras:
• Protección del personal de Rodalies, tras incorporarlos al ámbito de aplicación del convenio.
• Desarrollo de la carrera profesional de los CGO: Clasificación profesional propia, largamente
demandada, que comprende funcionalmente todos los ámbitos y desarrolla el sistema retributivo.
• Nuevo sistema de primas variables: Traspaso de casi la mitad de la prima variable a un complemento
fijo que asegura el cobro de un importe significativo mes a mes.
• Nueva movilidad geográfica continua: Trazable, sin trabas injustificadas a la participación.
• Horas anuales remuneradas para especialistas y pruebas diagnósticas: 15 horas anuales, una carencia
histórica en Renfe frente al resto de la Administración Pública.
Aun así, este convenio incluye puntos que han generado controversia o que no son tan positivos como pretenden vender otras organizaciones. Somos conscientes de que quedan materias pendientes sobre las que será necesario seguir trabajando durante su vigencia y en los convenios futuros.
Por ello, nuestra organización participará activamente en todas las mesas en las que ahora tendremos presencia. Marcando prioridades, aportando, incidiendo, criticando y metiendo el dedo en la llaga como siempre. Aquí empieza un nuevo convenio.  COMUNICADO
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 RENFE 22/07/2026 | 52 PRIMER BALANCE DE LA CAMPAÑA SOBRE CLIMATIZACIÓN A BORDO DE LOS TRENES | RENFE 13/07/2026 | 51 OEP COMERCIAL: EMPRENDIENDO ACCIONES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE REDUCCION DE JORNADA, ¡¡COMPENSACIÓN YA!! | 81 2019-09-17 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 41 veces | En CGT teníamos claro que: Desde el pasado 5 de julio de 2018 los trabajadores del Grupo Renfe teníamos derecho a disfrutar de una jornada anual, cuyo promedio semanal es de 37 horas y media, sin perjuicio de las jornadas especiales existentes o que, en su caso, se establecieran.
Como sindicato, ese fue el principal motivo que reclamamos y también como trabajadores/as. A todas luces y en virtud de la cláusula V del II Convenio Colectivo, no compartimos en absoluto el acuerdo sobre la fecha del 1 de enero del 2019, a partir de la que tenía efecto y no desde el 5 de julio de 2018. Durante las negociaciones del convenio, lo reivindicamos en multitud de ocasiones, propuesta que fueron recibidas con el silencio del resto de sindicatos, con excepción de SF-I. Debido a los acuerdos que se iban alcanzando, no vimos otra solución que la judicialización del periodo de 2018, para que no prescribiera el derecho a la compensación de la jornada realizada en exceso.
Un año después, desde la Audiencia Nacional se reconoce ese derecho que CGT reclamó desde julio de 2018, por ser de aplicación desde la entrada en vigor de la Disposición Adicional 144a de la Ley 6/2018, cuya aplicación temporal y ámbito no dejaba lugar a dudas.
A pesar de que en la sentencia se nos da la razón al respecto de la fecha de efectos, la misma nos da una de cal y desestima la pretensión para que durante 2018 se computase sobre la jornada legal pactada en convenio, aceptando el acuerdo de la Comisión Negociadora y estableciendo que: “que, en ningún caso, podría empeorarse la jornada legal ordinaria mediante la negociación colectiva, LO CIERTO es que al pactar los firmantes del Convenio la jornada de 1642 horas en 2019, ya no se ha querido entrar en aplicarla en 2018 sobre los 215 o 216 días de jornada.”
Suponemos que esto último hubiese afeado más aún la “capacidad negociadora” de esa mayoría sindical a la que no le tembló el pulso para firmar que la reducción de jornada sería efectiva solo desde el 1 de enero de 2019, tirando un derecho de l@s ferroviari@s a la basura sin explicación aparente.
Asimismo, la sentencia deja claro, en relación a la reducción de jornada en días enteros, que lo que no se consiga en la negociación no es preceptivo que nos lo den desde el juzgado, al no haber disposiciones legales que lo amparen.
Cabe esperar que para futuras ocasiones negociemos más y mejor, sólo tenemos que fijarnos en los compañeros de ADIF que, teniendo en su CGE casi la misma presencia sindical, excepción del SEMAF, lo han hecho bastante mejor, consiguiendo una reducción de 10 días enteros y no en unos minutillos que al final son inapreciables.
Desde CGT, exigimos que la empresa deje ya de remolonear con este asunto y compense la reducción de jornada que nos debe del año 2018, para demostrarnos su voluntad de mejorar la conciliación laboral y familiar y se cuestione lo que ha impuesto, alcanzando un acuerdo que satisfaga a todas las partes.
¡Muévete!, apoya a l@s compañer@s de CGT.
Comunicado Anexo 1

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