Comunicados
RENFE | 49 30/06/2026
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OEP COMERCIAL: ASÍ NO Cuando una persona se presenta a una Oferta Pública de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, mérito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situación generada en torno a la prueba psicotécnica ha abierto una duda que nunca debió producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa pública.
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: nunca miramos hacia otro lado cuando se pone en cuestión la confianza en un proceso selectivo. Ya, en otras ocasiones, acudimos al Defensor del Pueblo o al Tribunal Supremo.
TRANSPARENCIA DESDE EL PRIMER DÍA
El SFF-CGT ya trasladamos a la Dirección de Selección, antes de que esta situación alcanzara la dimensión actual, varias cuestiones que venimos reclamando desde hace años: publicación de plantillas correctoras, revisión real de exámenes, respuesta motivada a las reclamaciones y posibilidad de revisión telemática para quienes no puedan desplazarse a Madrid.
No son peticiones nuevas. Son medidas básicas para evitar que las personas aspirantes tengan la sensación de participar a ciegas. Porque todo proceso selectivo debe permitir comprobar, reclamar y defender los derechos de cada participante.
RENFE ES LA RESPONSABLE FINAL
Es Renfe quien convoca, quien licita y quien debe garantizar que todo el proceso se desarrolle con seguridad, trazabilidad y control suficiente. Hay que esclarecer qué ha ocurrido, revisar la custodia de las pruebas, analizar las reclamaciones presentadas y depurar responsabilidades si corresponde.
Valoramos que cualquier decisión se adopte con respaldo jurídico y sin precipitación. Pero la seguridad jurídica no puede convertirse en una forma elegante de aplazar explicaciones.
LAS PERSONAS ASPIRANTES NO PUEDEN PAGARLO
Quienes se han presentado a esta convocatoria no pueden cargar con las consecuencias de una gestión que no ha ofrecido todas las garantías necesarias. No se puede resolver una duda generando otra mayor, ni cerrar el problema con una solución que acabe trasladando la inseguridad a quienes menos responsabilidad tienen. Necesitan certezas, no silencios.
NO MÁS PROCESOS SIN GARANTÍAS
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo procesos selectivos limpios, transparentes y con garantías reales. Acceder al empleo público no puede convertirse en un acto de fe. Si Renfe exige esfuerzo, preparación y confianza a las personas aspirantes, también debe ofrecer transparencia, respuestas y seguridad en cada fase del proceso.
SFF-CGT. HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 23/06/2026 | 48 UN BARCO ESTÁ SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS | RENFE 23/06/2026 | 47 EL CONVENIO EN VÍA MUERTA (I). LA LOTERÍA DE LAS MOVILIDADES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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ADIF LA DIRECCIÓN DE ADIF SE RESISTE A RECONOCER TODOS LOS DERECHOS DE SUS TRABAJADORES | 110 2018-09-25 |
| COMUNICADO
 | Leido: 55 veces | Nunca nos cansaremos de expresar, y lo seguiremos haciendo, que los derechos se consiguen luchando de manera tozuda y continua, por eso, CGT ha luchado desde el principio para conseguir que en vacaciones se abonen todos los conceptos a los que tenemos derecho según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Recordemos, que el derecho a percibir en vacaciones parte de los abonos que asiduamente cobramos, emana de la jurisprudencia del TJUE. Jurisprudencia que la patronal incumplía y que desde CGT reivindicamos en varias demandas desde el 2014 y a las que finalmente, el TS ha dado el definitivo espaldarazo.
En la reunión mantenida hoy con la Dirección de ADIF, como respuesta a las papeletas de conciliación previa a la vía judicial, planteadas por el SFF-CGT, CC.OO y UGT, con el objeto de solicitar la integración de determinadas claves y conceptos salariales en la retribución de vacaciones, hemos obtenido como respuesta la aceptación parcial de los que solicitábamos.
Las claves que se pretenden integrar en la paga de vacaciones son los conceptos 020 Horas a prorrata; 021 Horas extras por fuerza mayor; 024 Horas extraordinarias estructurales; 029 Horas extras en función piloto; 036 Brigada de socorro; 039 Brigada de incidencias; 243 Plus de peligrosidad; 244 Plus de toxicidad; 245 Plus de maniobras; 249 Plus de instalaciones fijas y comunicaciones; 295 Complemento de puesto de atención a incidencias MMII de infraestructura; 300 Complemento de puesto por compensación de refrigerio; 302 Complemento de puesto por brigada de socorro MMII; 303 Complemento de puesto por toma y deje MMII; 304 Complemento de puesto por jornada partida; 322 Toma y deje; 348 Gratificación personal obras e instalaciones en caso de accidentes; 572 Indemnización por recepción y entrega del servicio y 576 Indemnización por jornada partida.
De estas claves salariales, la empresa ha reconocido que deben ser incluidas en la retribución media de vacaciones las siguientes: 020, 021, 024, 029, 243, 245, 300, reivindicadas por todos. Y exclusivamente demandadas por CGT: 244 Plus de toxicidad; 249 Plus de instalaciones fijas y comunicaciones; 348 Gratificación Personal Obras e Instalaciones en Caso de Accidentes.
Para su abono, es necesario que en los 12 meses anteriores al disfrute de las vacaciones, el trabajador o trabajadora haya percibido esos abonos durante un periodo de 7 meses.
Los efectos retroactivos se calcularán desde julio de 2017 y la previsión para su abono será en la nomina de diciembre de 2018.
Para CGT este acuerdo no supone la finalización de la vía jurídico/sindical respecto al resto de conceptos no reconocidos por la empresa y los cuales suponen un agravio a los derechos de los trabajadores que sistemáticamente la dirección les viene denegando, por lo que desde el SFF-CGT seguiremos demandando el cumplimiento íntegro del derecho.
REIVINDICA JUNTO A CGT. ¡AFÍLIATE!
Comunicado

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