Comunicados
RENFE | 53 01/08/2026
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LA AFILIACI脫N DEL SFF-CGT SUSCRIBE EL IV CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO RENFE Desde la madrugada del mi茅rcoles, el Grupo Renfe cuenta con un nuevo preacuerdo de convenio colectivo.
No es que las partes decidieran madrugar para negociar, sino que la reuni贸n iniciada el martes a las 10:00 finaliz贸 pasadas las 5:00 de la ma帽ana del d铆a siguiente. Lo que parec铆a una inocente reuni贸n cuyo orden del d铆a era un lac贸nico 鈥淓stado del IV Convenio Colectivo鈥 y cuyo material de trabajo eran unos borradores sobre los protocolos de acoso y desconexi贸n digital se torn贸 en una vor谩gine de entregas de documentaci贸n para su an谩lisis y respuesta cuasiinmediata.
Desde el SFF-CGT nos gustar铆a que el conjunto de organizaciones del Comit茅 General de Empresa dejara de plegarse a estas pr谩cticas coercitivas de la direcci贸n. Como manifestamos in situ, la reuni贸n debi贸 haberse suspendido por la tarde para continuar en los d铆as siguientes. Es imposible mantener durante horas una negociaci贸n rigurosa y hacer aportaciones de calidad a textos de decenas de p谩ginas. Renfe lo sabe y las organizaciones mayoritarias lo permiten. Si ten铆an prisa por aprobar y remitir el convenio antes de agosto, que nos hubieran convocado una semana antes.
Pese a que las formas estuvieron muy lejos de ser las adecuadas, el fondo s铆 nos parec铆a aceptable, as铆 que solicitamos valorar nuestra adhesi贸n al preacuerdo. Nuestra organizaci贸n, a diferencia de otras, consulta a su afiliaci贸n cuando hay que estudiar y considerar un convenio.
Tras este proceso participativo, la afiliaci贸n ha decidido ratificar el texto, valorando los avances que ven铆amos demandando p煤blicamente y las mejoras transversales aplicables al conjunto de las personas trabajadoras:
鈥 Protecci贸n del personal de Rodalies, tras incorporarlos al 谩mbito de aplicaci贸n del convenio.
鈥 Desarrollo de la carrera profesional de los CGO: Clasificaci贸n profesional propia, largamente
demandada, que comprende funcionalmente todos los 谩mbitos y desarrolla el sistema retributivo.
鈥 Nuevo sistema de primas variables: Traspaso de casi la mitad de la prima variable a un complemento
fijo que asegura el cobro de un importe significativo mes a mes.
鈥 Nueva movilidad geogr谩fica continua: Trazable, sin trabas injustificadas a la participaci贸n.
鈥 Horas anuales remuneradas para especialistas y pruebas diagn贸sticas: 15 horas anuales, una carencia
hist贸rica en Renfe frente al resto de la Administraci贸n P煤blica.
Aun as铆, este convenio incluye puntos que han generado controversia o que no son tan positivos como pretenden vender otras organizaciones. Somos conscientes de que quedan materias pendientes sobre las que ser谩 necesario seguir trabajando durante su vigencia y en los convenios futuros.
Por ello, nuestra organizaci贸n participar谩 activamente en todas las mesas en las que ahora tendremos presencia. Marcando prioridades, aportando, incidiendo, criticando y metiendo el dedo en la llaga como siempre. Aqu铆 empieza un nuevo convenio.  COMUNICADO
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 RENFE 22/07/2026 | 52 PRIMER BALANCE DE LA CAMPA脩A SOBRE CLIMATIZACI脫N A BORDO DE LOS TRENES | RENFE 13/07/2026 | 51 OEP COMERCIAL: EMPRENDIENDO ACCIONES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauraci贸n y atenci贸n a bordo de los trenes y log铆stica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, n煤mero 222, viernes 13 de聽septiembre聽2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalizaci贸n del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE LAS AUSENCIAS POR ENFERMEDAD O ACCIDENTE QUE NO DEN LUGAR A INCAPACIDAD TEMPORAL Y SU REGULACI脫N O LA MALA FE DE LA DIRECCION DEL GRUPO RENFE | 109 2018-09-25 |
| COMUNICADO Anexo 1 Anexo 2
 | Leido: 71 veces | Como ya indicamos en el comunicado 105, CGT ha ganado en la Audiencia Nacional (AN) el reconocimiento del derecho a las ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a I.T.
En ning煤n momento RENFE ha querido hacer efectivo este derecho, que seg煤n la Orden HAP/2802/2012 de 28 de diciembre, establece lo siguiente:
鈥淎rt铆culo 3. D铆as de ausencia sin deducci贸n de retribuciones.
El descuento en n贸mina regulado en el art铆culo anterior no ser谩 de aplicaci贸n a cuatro d铆as de ausencias a lo largo del a帽o natural, de las cuales s贸lo tres podr谩n tener lugar en d铆as consecutivos, siempre que est茅n motivadas en enfermedad o accidente, y no den lugar a incapacidad temporal. Ello exigir谩 la justificaci贸n de la ausencia en los t茅rminos establecidos en las normas reguladoras de la jornada y el horario de aplicaci贸n en cada 谩mbito.鈥
En base a todo ello, hemos entregado una carta a la Direcci贸n del Grupo RENFE en la que exigimos que apliquen esta normativa que han ocultado y negado durante estos a帽os y que procedan a dar las 贸rdenes oportunas a las diferentes Jefaturas para que faciliten la aplicaci贸n de este DERECHO. Igualmente exigimos, que sean retirados y archivados todos los expedientes disciplinarios que han sido incoados a los/as trabajadores/as por hacer valer sus derechos laborales.
Ante la sospecha de que no informen a los trabajadores ni a los responsables de la empresa, creemos necesario establecer unas pautas de actuaci贸n para que los/as trabajadores/as de RENFE puedan hacer efectivo este derecho:
鈥 Se trata de ausencias durante la totalidad de la jornada, de 4 d铆as a lo largo del a帽o, pudiendo ser d铆as sueltos, o enlazando 3 d铆as como m谩ximo.
鈥 Deben ser por enfermedad o accidente. No son d铆as de convenio o de libre disposici贸n.
鈥 Debemos acudir a la consulta de un m茅dico del Sistema Nacional de Salud (M茅dico de la Seguridad Social). No valdr谩 el justificante expedido por un m茅dico privado.
鈥 Evidentemente, ser谩n enfermedades o accidentes leves (indisposiciones) cuya previsible duraci贸n no exceda de los 3 d铆as.
鈥 Hay que explicarle al m茅dico que no necesitamos la baja laboral, sino un documento en el que se prescriba reposo o la conveniencia de no asistir al trabajo.
鈥 Vale cualquier tipo de documento en el que quede identificado el facultativo del Sistema Nacional de Salud que prescribe dicho reposo, por causa de enfermedad o accidente que impide o aconseja la no asistencia al trabajo. No existe un modelo establecido al efecto.
鈥 No son v谩lidos los justificantes de mera presentaci贸n o asistencia a consulta o a realizaci贸n de pruebas en centros m茅dicos u hospitales, a menos que despu茅s nos prescriban reposo.
A pesar de ello, os adjuntamos un modelo para que pod谩is presentarlo a vuestro facultativo, aunque como hemos dicho, puede valer cualquier otro que establezca la necesidad de reposo e identifique al m茅dico.
Por 煤ltimo, debemos informar de manera inmediata a nuestro superior jer谩rquico o funcional sobre nuestra indisposici贸n y que no vamos a acudir al trabajo, siendo totalmente necesario presentar el justificante m茅dico el d铆a que nos reincorporemos al trabajo.
Nos parece repugnante la posici贸n de la Direcci贸n al ocultarnos este derecho, despu茅s de todos los recortes a los que nos est谩n sometiendo desde hace a帽os. Los derechos se defienden ejerci茅ndolos y para ello, pod茅is contar con CGT.
Estamos a vuestra entera disposici贸n para informaros al respecto.
DE T脥 DEPENDE: DEFIENDE TUS DERECHOS Y TU FUTURO
隆SUMA CON CGT!
Comunicado Anexo 1 Anexo 2

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