Comunicados
RENFE | 49 30/06/2026
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OEP COMERCIAL: AS脥 NO Cuando una persona se presenta a una Oferta P煤blica de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, m茅rito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situaci贸n generada en torno a la prueba psicot茅cnica ha abierto una duda que nunca debi贸 producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa p煤blica.
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: nunca miramos hacia otro lado cuando se pone en cuesti贸n la confianza en un proceso selectivo. Ya, en otras ocasiones, acudimos al Defensor del Pueblo o al Tribunal Supremo.
TRANSPARENCIA DESDE EL PRIMER D脥A
El SFF-CGT ya trasladamos a la Direcci贸n de Selecci贸n, antes de que esta situaci贸n alcanzara la dimensi贸n actual, varias cuestiones que venimos reclamando desde hace a帽os: publicaci贸n de plantillas correctoras, revisi贸n real de ex谩menes, respuesta motivada a las reclamaciones y posibilidad de revisi贸n telem谩tica para quienes no puedan desplazarse a Madrid.
No son peticiones nuevas. Son medidas b谩sicas para evitar que las personas aspirantes tengan la sensaci贸n de participar a ciegas. Porque todo proceso selectivo debe permitir comprobar, reclamar y defender los derechos de cada participante.
RENFE ES LA RESPONSABLE FINAL
Es Renfe quien convoca, quien licita y quien debe garantizar que todo el proceso se desarrolle con seguridad, trazabilidad y control suficiente. Hay que esclarecer qu茅 ha ocurrido, revisar la custodia de las pruebas, analizar las reclamaciones presentadas y depurar responsabilidades si corresponde.
Valoramos que cualquier decisi贸n se adopte con respaldo jur铆dico y sin precipitaci贸n. Pero la seguridad jur铆dica no puede convertirse en una forma elegante de aplazar explicaciones.
LAS PERSONAS ASPIRANTES NO PUEDEN PAGARLO
Quienes se han presentado a esta convocatoria no pueden cargar con las consecuencias de una gesti贸n que no ha ofrecido todas las garant铆as necesarias. No se puede resolver una duda generando otra mayor, ni cerrar el problema con una soluci贸n que acabe trasladando la inseguridad a quienes menos responsabilidad tienen. Necesitan certezas, no silencios.
NO M脕S PROCESOS SIN GARANT脥AS
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo procesos selectivos limpios, transparentes y con garant铆as reales. Acceder al empleo p煤blico no puede convertirse en un acto de fe. Si Renfe exige esfuerzo, preparaci贸n y confianza a las personas aspirantes, tambi茅n debe ofrecer transparencia, respuestas y seguridad en cada fase del proceso.
SFF-CGT. HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 23/06/2026 | 48 UN BARCO EST脕 SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS | RENFE 23/06/2026 | 47 EL CONVENIO EN V脥A MUERTA (I). LA LOTER脥A DE LAS MOVILIDADES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauraci贸n y atenci贸n a bordo de los trenes y log铆stica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, n煤mero 222, viernes 13 de聽septiembre聽2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalizaci贸n del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE EL DESCANSO ES DESCANSO INTEGRO DURANTE 45 MINUTOS | 92 2018-08-01 |
| COMUNICADO Anexo 1
 | Leido: 16 veces | CGT interpuso Demanda de Conflicto Colectivo, ante el Juzgado de lo Social, solicitando que se garantizaran 铆ntegramente los 45鈥 de descanso para la interrupci贸n de la conducci贸n continuada. Que se excluyeran de este tiempo las operaciones para asegurar el material y la nueva puesta a disposici贸n. En muchos gr谩ficos, p. ej. AV Barcelona, estas operaciones merman mucho este descanso.
CGT inst贸 previamente a que se convocara la Comisi贸n Paritaria del Convenio Colectivo para aclarar la norma en cuesti贸n y desde la Direcci贸n de RENFE se negaron en rotundo por considerar rid铆cula nuestra petici贸n. Tampoco respondieron, como desgraciadamente nos tienen acostumbrados, el resto de Sindicatos (Semaf, CC.OO., UGT y SF) firmantes del Convenio 鈥淏ASURA鈥 de las falsas becas y de la precariedad. Tambi茅n convocamos por este tema la Comisi贸n de Conflictos Laborales, donde SEMAF se opuso fuertemente a nuestra pretensi贸n, posicion谩ndose, como es habitual, en la bancada de la empresa.
Es vergonzoso que el SEMAF no defienda el descanso y la salud de los maquinistas y pacte gr谩ficos que pervierten lo que ellos mismos firmaron con la implantaci贸n del agente 煤nico de conducci贸n, cuando es evidente el riesgo que supone no descansar para la salud y la seguridad en la circulaci贸n.
驴QU脡 INTERESES DEFIENDE el SEMAF? ES EVIDENTE QUE EL DE LOS MAQUINISTAS NO.
En la Sentencia n潞 280/2018, no siendo firme, se estima totalmente la pretensi贸n de CGT, dejando meridianamente claro que los 45鈥 de descanso para la interrupci贸n de la conducci贸n continuada deben realizarse 铆ntegros, en una estaci贸n que presente instalaciones para el refrigerio y aseo, excluyendo de este tiempo las tareas de asegurar la composici贸n y las de poner el tren de nuevo a disposici贸n.
Desde CGT valoramos muy positivamente esta Sentencia, pues es fundamental y necesario el descanso de los trabajadores, por lo que vamos a seguir exigiendo que la Empresa garantice 铆ntegros los 45鈥 en todos los gr谩ficos.
PARA QUE NO TE QUITEN DERECHOS, CGT
Comunicado Anexo 1

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