Comunicados
RENFE | 49 30/06/2026
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OEP COMERCIAL: AS脥 NO Cuando una persona se presenta a una Oferta P煤blica de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, m茅rito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situaci贸n generada en torno a la prueba psicot茅cnica ha abierto una duda que nunca debi贸 producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa p煤blica.
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: nunca miramos hacia otro lado cuando se pone en cuesti贸n la confianza en un proceso selectivo. Ya, en otras ocasiones, acudimos al Defensor del Pueblo o al Tribunal Supremo.
TRANSPARENCIA DESDE EL PRIMER D脥A
El SFF-CGT ya trasladamos a la Direcci贸n de Selecci贸n, antes de que esta situaci贸n alcanzara la dimensi贸n actual, varias cuestiones que venimos reclamando desde hace a帽os: publicaci贸n de plantillas correctoras, revisi贸n real de ex谩menes, respuesta motivada a las reclamaciones y posibilidad de revisi贸n telem谩tica para quienes no puedan desplazarse a Madrid.
No son peticiones nuevas. Son medidas b谩sicas para evitar que las personas aspirantes tengan la sensaci贸n de participar a ciegas. Porque todo proceso selectivo debe permitir comprobar, reclamar y defender los derechos de cada participante.
RENFE ES LA RESPONSABLE FINAL
Es Renfe quien convoca, quien licita y quien debe garantizar que todo el proceso se desarrolle con seguridad, trazabilidad y control suficiente. Hay que esclarecer qu茅 ha ocurrido, revisar la custodia de las pruebas, analizar las reclamaciones presentadas y depurar responsabilidades si corresponde.
Valoramos que cualquier decisi贸n se adopte con respaldo jur铆dico y sin precipitaci贸n. Pero la seguridad jur铆dica no puede convertirse en una forma elegante de aplazar explicaciones.
LAS PERSONAS ASPIRANTES NO PUEDEN PAGARLO
Quienes se han presentado a esta convocatoria no pueden cargar con las consecuencias de una gesti贸n que no ha ofrecido todas las garant铆as necesarias. No se puede resolver una duda generando otra mayor, ni cerrar el problema con una soluci贸n que acabe trasladando la inseguridad a quienes menos responsabilidad tienen. Necesitan certezas, no silencios.
NO M脕S PROCESOS SIN GARANT脥AS
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo procesos selectivos limpios, transparentes y con garant铆as reales. Acceder al empleo p煤blico no puede convertirse en un acto de fe. Si Renfe exige esfuerzo, preparaci贸n y confianza a las personas aspirantes, tambi茅n debe ofrecer transparencia, respuestas y seguridad en cada fase del proceso.
SFF-CGT. HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 23/06/2026 | 48 UN BARCO EST脕 SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS | RENFE 23/06/2026 | 47 EL CONVENIO EN V脥A MUERTA (I). LA LOTER脥A DE LAS MOVILIDADES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauraci贸n y atenci贸n a bordo de los trenes y log铆stica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, n煤mero 222, viernes 13 de聽septiembre聽2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalizaci贸n del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE AYUDAS GRACIABLES 脷ltimas modificaciones | 64 2018-06-01 |
| COMUNICADO Anexo 1 Anexo 2
 | Leido: 82 veces | En la reuni贸n del d铆a 29 de Mayo, se acord贸 modificar el modelo de solicitud de Ayudas Graciables y los requisitos para la solicitud de las mismas, quedando resumida en el siguiente cuadro:
PRESTACIONES
脷nicamente se conceder谩n ayuda graciables por gastos derivados de:

* Las facturas de las vacunas se presentar谩n desglosadas (si fueran varias) y contendr谩n 煤nicamente las vacunas en s铆, no otros medicamentos en la misma factura, en caso contrario no se valorar谩n.
BENEFICIARIOS
A efectos de solicitar una Ayuda Graciables se consideran beneficiarios:
鈥 El/la trabajador/a en activo
鈥 El c贸nyuge o pareja de hecho
鈥 Los hijos de ambos que figuren en la declaraci贸n de la renta
Cuando el estado civil del trabajador/a sea "Divorciado/a" o "Separado/a" y la ayuda sea para un hijo menor de 25 a帽os, se abonar谩 el 50% de la ayuda que corresponda, salvo disposici贸n en contra en el Convenio Regulador de la disoluci贸n del matrimonio, el cual se deber谩 aportar a la solicitud.
DOCUMENTACI脫N A APORTAR
1. Modelo de solicitud 0707PAS
2. Fotocopia del Carnet Ferroviario del trabajador/a
3. Facturas originales desglosadas (No se admiten: Fotocopias, Facturas "resumen", "acumulativas", "Proforma", Recibos, Tickets de Entrega).
Dichas facturas no podr谩n extenderse m谩s all谩 de 18 meses desde la fecha de recepci贸n de las mismas.
S脫LO se valorar谩n las facturas que cumplan los requisitos de ayudas, el resto ser谩n archivadas sin valorar con el resto del expediente.
4. Declaraci贸n/es de la renta del trabajador y del c贸nyuge o pareja de hecho del 煤ltimo ejercicio fiscal, excepto en los casos que no sea necesario (Ver tabla resumen en p谩gina anterior).
ES IMPRESCINDIBLE APORTAR FACTURAS QUE SUMEN UNA CANTIDAD M脥NIMA DE GASTOS DE 500 鈧 (excepto las de 脫ptica, Aud铆fonos y Celiaqu铆a).
PORCENTAJES DE AYUDAS SEG脷N INGRESOS BRUTOS DE LA UNIDAD FAMILIAR
Desde 0 鈧 hasta 24.000,00 鈧 60%
Desde 24.001,00 鈧 hasta 30.000,00 鈧 30%
Desde 30.001,00 鈧 hasta 40.000,00 鈧 20%
Desde 40.001,00 鈧 ( sin L脥MITE ) 10%
La cantidad m谩xima a percibir en la concesi贸n de cualquier tipo de ayuda por ejercicio anual ser谩 como m谩ximo de 1.500 鈧.
TODOS ESTOS CAMBIOS ENTRAR脕N EN VIGOR EL D脥A 1 DE JUNIO DE 2108
Comunicado Anexo 1 Anexo 2

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