Comunicados
RENFE | 53 01/08/2026
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LA AFILIACI脫N DEL SFF-CGT SUSCRIBE EL IV CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO RENFE Desde la madrugada del mi茅rcoles, el Grupo Renfe cuenta con un nuevo preacuerdo de convenio colectivo.
No es que las partes decidieran madrugar para negociar, sino que la reuni贸n iniciada el martes a las 10:00 finaliz贸 pasadas las 5:00 de la ma帽ana del d铆a siguiente. Lo que parec铆a una inocente reuni贸n cuyo orden del d铆a era un lac贸nico 鈥淓stado del IV Convenio Colectivo鈥 y cuyo material de trabajo eran unos borradores sobre los protocolos de acoso y desconexi贸n digital se torn贸 en una vor谩gine de entregas de documentaci贸n para su an谩lisis y respuesta cuasiinmediata.
Desde el SFF-CGT nos gustar铆a que el conjunto de organizaciones del Comit茅 General de Empresa dejara de plegarse a estas pr谩cticas coercitivas de la direcci贸n. Como manifestamos in situ, la reuni贸n debi贸 haberse suspendido por la tarde para continuar en los d铆as siguientes. Es imposible mantener durante horas una negociaci贸n rigurosa y hacer aportaciones de calidad a textos de decenas de p谩ginas. Renfe lo sabe y las organizaciones mayoritarias lo permiten. Si ten铆an prisa por aprobar y remitir el convenio antes de agosto, que nos hubieran convocado una semana antes.
Pese a que las formas estuvieron muy lejos de ser las adecuadas, el fondo s铆 nos parec铆a aceptable, as铆 que solicitamos valorar nuestra adhesi贸n al preacuerdo. Nuestra organizaci贸n, a diferencia de otras, consulta a su afiliaci贸n cuando hay que estudiar y considerar un convenio.
Tras este proceso participativo, la afiliaci贸n ha decidido ratificar el texto, valorando los avances que ven铆amos demandando p煤blicamente y las mejoras transversales aplicables al conjunto de las personas trabajadoras:
鈥 Protecci贸n del personal de Rodalies, tras incorporarlos al 谩mbito de aplicaci贸n del convenio.
鈥 Desarrollo de la carrera profesional de los CGO: Clasificaci贸n profesional propia, largamente
demandada, que comprende funcionalmente todos los 谩mbitos y desarrolla el sistema retributivo.
鈥 Nuevo sistema de primas variables: Traspaso de casi la mitad de la prima variable a un complemento
fijo que asegura el cobro de un importe significativo mes a mes.
鈥 Nueva movilidad geogr谩fica continua: Trazable, sin trabas injustificadas a la participaci贸n.
鈥 Horas anuales remuneradas para especialistas y pruebas diagn贸sticas: 15 horas anuales, una carencia
hist贸rica en Renfe frente al resto de la Administraci贸n P煤blica.
Aun as铆, este convenio incluye puntos que han generado controversia o que no son tan positivos como pretenden vender otras organizaciones. Somos conscientes de que quedan materias pendientes sobre las que ser谩 necesario seguir trabajando durante su vigencia y en los convenios futuros.
Por ello, nuestra organizaci贸n participar谩 activamente en todas las mesas en las que ahora tendremos presencia. Marcando prioridades, aportando, incidiendo, criticando y metiendo el dedo en la llaga como siempre. Aqu铆 empieza un nuevo convenio.  COMUNICADO
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 RENFE 22/07/2026 | 52 PRIMER BALANCE DE LA CAMPA脩A SOBRE CLIMATIZACI脫N A BORDO DE LOS TRENES | RENFE 13/07/2026 | 51 OEP COMERCIAL: EMPRENDIENDO ACCIONES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauraci贸n y atenci贸n a bordo de los trenes y log铆stica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, n煤mero 222, viernes 13 de聽septiembre聽2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalizaci贸n del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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SECTOR ADIF CONDENADA POR VULNERACI脫N DEL DERECHO DE HUELGA EN TARRAGONA EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DA LA RAZ脫N A CGT Y CONDENA A ADIF A INDEMNIZAR A LOS TRABAJADORES | 45 2018-04-16 |
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 | Leido: 27 veces | Hemos recibido notificaci贸n de la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Catalu帽a (TSJC) de fecha 14 de marzo de 2018, resolviendo el recurso de suplicaci贸n que interpuso CGT a la sentencia del Juzgado de lo Social n潞 2 de Tarragona de fecha 26 de Junio de 2017, y que condena a ADIF por vulneraci贸n del derecho de huelga a los trabajadores de Tarragona Clasificaci贸n que fueron sustituidos durante las jornadas de huelga convocadas por CGT.
En su momento, la inspecci贸n de trabajo en respuesta a la denuncia presentada por CGT, ya hab铆a emitido resoluci贸n en la que se requer铆a el cese de este comportamiento, que la empresa se pas贸 por 鈥渆l arco de triunfo鈥, lo que motivo el levantamiento de un acta de infracci贸n en fecha 19 de febrero de 2016 con propuesta de sanci贸n grave por un importe de 6.250鈧 por realizar actos contrarios a los derechos de los trabajadores que fue ratificado por el Departament de Treball de forma definitiva el 6 de febrero de 2017, rechazando las alegaciones de la empresa, que curiosamente si le sirvieron en el juzgado de lo social.
Los hechos se remontan al mes de noviembre de 2015, cuando los trabajadores de Tarragona Clasificaci贸n, con la categor铆a de ayudantes ferroviarios se re煤nen en asamblea para exigir una rotaci贸n en la realizaci贸n de las funciones de conducci贸n restringida y por tanto un reparto justo de la prima por la realizaci贸n de las funciones de conducci贸n restringida, limitada al cobro de unos cuantos 鈥渆legidos鈥 en base al nefasto acuerdo de cuadros de servicio suscrito por empresa, UGT y CC.OO.
CGT entend铆a, y as铆 lo defendimos en el comit茅 provincial, que se deb铆a rotar y repartir de forma equitativa la prima existente a todos los trabajadores, por lo que pusimos a disposici贸n de los trabajadores afectados, afiliados y no afiliados, cobertura sindical y legal ante la negativa tajante de la empresa, y al bloqueo de UGT-CCOO a cualquier soluci贸n, ignorando y perjudicando incluso a sus propios afiliados.
CGT convoc贸, por decisi贸n de la asamblea de trabajadores, varias jornadas de huelga, la empresa con total prepotencia y chuler铆a no dud贸 en reventar, ordenando a otros trabajadores que no secundaban los paros la realizaci贸n de las tareas de los que si realizaban los paros. Todo ello con la inestimable colaboraci贸n de los sindicatos mayoritarios, en las que asistimos a vergonzosas escenas de delegados de UGT sustituyendo a los propios compa帽eros que secundaban la huelga, constituyendo un episodio de la falta de escr煤pulos de ciertos personajes amparados en organizaciones que no dudan en ponerse a favor de la empresa, situaci贸n a la que nos tienen lamentablemente acostumbrados.
La sentencia del TSJC afirma de forma rotunda en su fundamento de derecho tercero que 鈥濃 de lo anterior se colige que se ha producido la vulneraci贸n del derecho fundamental de huelga recogido en el art. 28.2 de la Constituci贸n Espa帽ola por cuanto las tareas que ten铆an encomendadas los actores, por constar previamente as铆 en el cuadro de servicio a cargo de trabajadores que se adhirieron a la huelga, fueron encomendadas a otros trabajadores, que ten铆an previstas, seg煤n el cuadro de servicio, la realizaci贸n de tareas distintas, en otras palabras, que a los trabajadores que no secundaron la huelga se le encomendaron las tareas de los trabajadores que si la secundaron, y ello a pesar del requerimiento efectuado por Inspecci贸n de Trabajo mediante informe de 11-12-2015, 鈥
La Sentencia finaliza fallando 鈥溾a vulneraci贸n del derecho fundamental a la libertad sindical y huelga de los actores y la nulidad radical de la conducta impugnada, as铆 como el derecho a ser indemnizados cada uno de los actores en la cantidad de 3000 euros por los da帽os morales sufridos, condenando a la demandada a su abono.鈥
Los siete compa帽eros deben de ser indemnizados y ADIF queda de nuevo retratada como empresa que vulnera derechos fundamentales. La sentencia no es firme y permite recurso de casaci贸n, cosa que sin duda interpondr谩 ADIF, acostumbrada a abusar de los derechos de los trabajadores y llevar su postura a las 煤ltimas consecuencias, aunque confiamos que se ratificar谩 la sentencia en el Tribunal Supremo.
Queda retratada ADIF y sus sindicatos-pandereta, a los que se les llena la boca de defensa de los trabajadores y se alinean con la empresa y en contra de los derechos fundamentales de los trabajadores. CGT luchar谩 hasta el final para que se haga justicia.
POR EL RESPETO DEL DERECHO FUNDAMENTAL DE HUELGA
隆VEN A LUCHAR CON CGT!
Comunicado

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