Comunicados
RENFE | 49 30/06/2026
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OEP COMERCIAL: AS脥 NO Cuando una persona se presenta a una Oferta P煤blica de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, m茅rito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situaci贸n generada en torno a la prueba psicot茅cnica ha abierto una duda que nunca debi贸 producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa p煤blica.
Desde el SFF-CGT lo tenemos claro: nunca miramos hacia otro lado cuando se pone en cuesti贸n la confianza en un proceso selectivo. Ya, en otras ocasiones, acudimos al Defensor del Pueblo o al Tribunal Supremo.
TRANSPARENCIA DESDE EL PRIMER D脥A
El SFF-CGT ya trasladamos a la Direcci贸n de Selecci贸n, antes de que esta situaci贸n alcanzara la dimensi贸n actual, varias cuestiones que venimos reclamando desde hace a帽os: publicaci贸n de plantillas correctoras, revisi贸n real de ex谩menes, respuesta motivada a las reclamaciones y posibilidad de revisi贸n telem谩tica para quienes no puedan desplazarse a Madrid.
No son peticiones nuevas. Son medidas b谩sicas para evitar que las personas aspirantes tengan la sensaci贸n de participar a ciegas. Porque todo proceso selectivo debe permitir comprobar, reclamar y defender los derechos de cada participante.
RENFE ES LA RESPONSABLE FINAL
Es Renfe quien convoca, quien licita y quien debe garantizar que todo el proceso se desarrolle con seguridad, trazabilidad y control suficiente. Hay que esclarecer qu茅 ha ocurrido, revisar la custodia de las pruebas, analizar las reclamaciones presentadas y depurar responsabilidades si corresponde.
Valoramos que cualquier decisi贸n se adopte con respaldo jur铆dico y sin precipitaci贸n. Pero la seguridad jur铆dica no puede convertirse en una forma elegante de aplazar explicaciones.
LAS PERSONAS ASPIRANTES NO PUEDEN PAGARLO
Quienes se han presentado a esta convocatoria no pueden cargar con las consecuencias de una gesti贸n que no ha ofrecido todas las garant铆as necesarias. No se puede resolver una duda generando otra mayor, ni cerrar el problema con una soluci贸n que acabe trasladando la inseguridad a quienes menos responsabilidad tienen. Necesitan certezas, no silencios.
NO M脕S PROCESOS SIN GARANT脥AS
Desde el SFF-CGT seguiremos defendiendo procesos selectivos limpios, transparentes y con garant铆as reales. Acceder al empleo p煤blico no puede convertirse en un acto de fe. Si Renfe exige esfuerzo, preparaci贸n y confianza a las personas aspirantes, tambi茅n debe ofrecer transparencia, respuestas y seguridad en cada fase del proceso.
SFF-CGT. HONESTIDAD, SOLIDARIDAD Y TRANSPARENCIA
 COMUNICADO Anexo
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 ADIF 23/06/2026 | 48 UN BARCO EST脕 SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS | RENFE 23/06/2026 | 47 EL CONVENIO EN V脥A MUERTA (I). LA LOTER脥A DE LAS MOVILIDADES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauraci贸n y atenci贸n a bordo de los trenes y log铆stica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, n煤mero 222, viernes 13 de聽septiembre聽2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalizaci贸n del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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SECTOR ADIF CONDENADA POR VULNERACI脫N DEL DERECHO DE HUELGA EN TARRAGONA EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DA LA RAZ脫N A CGT Y CONDENA A ADIF A INDEMNIZAR A LOS TRABAJADORES | 45 2018-04-16 |
| COMUNICADO
 | Leido: 27 veces | Hemos recibido notificaci贸n de la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Catalu帽a (TSJC) de fecha 14 de marzo de 2018, resolviendo el recurso de suplicaci贸n que interpuso CGT a la sentencia del Juzgado de lo Social n潞 2 de Tarragona de fecha 26 de Junio de 2017, y que condena a ADIF por vulneraci贸n del derecho de huelga a los trabajadores de Tarragona Clasificaci贸n que fueron sustituidos durante las jornadas de huelga convocadas por CGT.
En su momento, la inspecci贸n de trabajo en respuesta a la denuncia presentada por CGT, ya hab铆a emitido resoluci贸n en la que se requer铆a el cese de este comportamiento, que la empresa se pas贸 por 鈥渆l arco de triunfo鈥, lo que motivo el levantamiento de un acta de infracci贸n en fecha 19 de febrero de 2016 con propuesta de sanci贸n grave por un importe de 6.250鈧 por realizar actos contrarios a los derechos de los trabajadores que fue ratificado por el Departament de Treball de forma definitiva el 6 de febrero de 2017, rechazando las alegaciones de la empresa, que curiosamente si le sirvieron en el juzgado de lo social.
Los hechos se remontan al mes de noviembre de 2015, cuando los trabajadores de Tarragona Clasificaci贸n, con la categor铆a de ayudantes ferroviarios se re煤nen en asamblea para exigir una rotaci贸n en la realizaci贸n de las funciones de conducci贸n restringida y por tanto un reparto justo de la prima por la realizaci贸n de las funciones de conducci贸n restringida, limitada al cobro de unos cuantos 鈥渆legidos鈥 en base al nefasto acuerdo de cuadros de servicio suscrito por empresa, UGT y CC.OO.
CGT entend铆a, y as铆 lo defendimos en el comit茅 provincial, que se deb铆a rotar y repartir de forma equitativa la prima existente a todos los trabajadores, por lo que pusimos a disposici贸n de los trabajadores afectados, afiliados y no afiliados, cobertura sindical y legal ante la negativa tajante de la empresa, y al bloqueo de UGT-CCOO a cualquier soluci贸n, ignorando y perjudicando incluso a sus propios afiliados.
CGT convoc贸, por decisi贸n de la asamblea de trabajadores, varias jornadas de huelga, la empresa con total prepotencia y chuler铆a no dud贸 en reventar, ordenando a otros trabajadores que no secundaban los paros la realizaci贸n de las tareas de los que si realizaban los paros. Todo ello con la inestimable colaboraci贸n de los sindicatos mayoritarios, en las que asistimos a vergonzosas escenas de delegados de UGT sustituyendo a los propios compa帽eros que secundaban la huelga, constituyendo un episodio de la falta de escr煤pulos de ciertos personajes amparados en organizaciones que no dudan en ponerse a favor de la empresa, situaci贸n a la que nos tienen lamentablemente acostumbrados.
La sentencia del TSJC afirma de forma rotunda en su fundamento de derecho tercero que 鈥濃 de lo anterior se colige que se ha producido la vulneraci贸n del derecho fundamental de huelga recogido en el art. 28.2 de la Constituci贸n Espa帽ola por cuanto las tareas que ten铆an encomendadas los actores, por constar previamente as铆 en el cuadro de servicio a cargo de trabajadores que se adhirieron a la huelga, fueron encomendadas a otros trabajadores, que ten铆an previstas, seg煤n el cuadro de servicio, la realizaci贸n de tareas distintas, en otras palabras, que a los trabajadores que no secundaron la huelga se le encomendaron las tareas de los trabajadores que si la secundaron, y ello a pesar del requerimiento efectuado por Inspecci贸n de Trabajo mediante informe de 11-12-2015, 鈥
La Sentencia finaliza fallando 鈥溾a vulneraci贸n del derecho fundamental a la libertad sindical y huelga de los actores y la nulidad radical de la conducta impugnada, as铆 como el derecho a ser indemnizados cada uno de los actores en la cantidad de 3000 euros por los da帽os morales sufridos, condenando a la demandada a su abono.鈥
Los siete compa帽eros deben de ser indemnizados y ADIF queda de nuevo retratada como empresa que vulnera derechos fundamentales. La sentencia no es firme y permite recurso de casaci贸n, cosa que sin duda interpondr谩 ADIF, acostumbrada a abusar de los derechos de los trabajadores y llevar su postura a las 煤ltimas consecuencias, aunque confiamos que se ratificar谩 la sentencia en el Tribunal Supremo.
Queda retratada ADIF y sus sindicatos-pandereta, a los que se les llena la boca de defensa de los trabajadores y se alinean con la empresa y en contra de los derechos fundamentales de los trabajadores. CGT luchar谩 hasta el final para que se haga justicia.
POR EL RESPETO DEL DERECHO FUNDAMENTAL DE HUELGA
隆VEN A LUCHAR CON CGT!
Comunicado

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