Comunicados
 
RENFE
49
30/06/2026
OEP COMERCIAL: AS脥 NO
 
Cuando una persona se presenta a una Oferta P煤blica de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, m茅rito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situaci贸n generada en torno a la prueba psicot茅cnica ha abierto una duda que nunca debi贸 producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa p煤blica.
 
  COMUNICADO   Anexo         
 
 
 
 
ADIF
23/06/2026
48
UN BARCO EST脕 SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS
 
 
RENFE
23/06/2026
47
EL CONVENIO EN V脥A MUERTA (I). LA LOTER脥A DE LAS MOVILIDADES
 
ADIF
15/06/2026
46
驴D脫NDE EST脕N MIS ERREJOTAS? (CAP脥TULO II)
 
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Jurídica
Convenios
SERVEO
18/11/2024
I Convenio Colectivo entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauraci贸n y atenci贸n a bordo de los trenes y log铆stica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros BOE, n煤mero 222, viernes 13 de聽septiembre聽2024
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalizaci贸n del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


SECTOR
ADIF CONDENADA POR VULNERACI脫N DEL DERECHO DE HUELGA EN TARRAGONA
EL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DA LA RAZ脫N A CGT Y CONDENA A ADIF A INDEMNIZAR A LOS TRABAJADORES
45
2018-04-16

COMUNICADO             
  
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Hemos recibido notificaci贸n de la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Catalu帽a (TSJC) de fecha 14 de marzo de 2018, resolviendo el recurso de suplicaci贸n que interpuso CGT a la sentencia del Juzgado de lo Social n潞 2 de Tarragona de fecha 26 de Junio de 2017, y que condena a ADIF por vulneraci贸n del derecho de huelga a los trabajadores de Tarragona Clasificaci贸n que fueron sustituidos durante las jornadas de huelga convocadas por CGT.

En su momento, la inspecci贸n de trabajo en respuesta a la denuncia presentada por CGT, ya hab铆a emitido resoluci贸n en la que se requer铆a el cese de este comportamiento, que la empresa se pas贸 por 鈥渆l arco de triunfo鈥, lo que motivo el levantamiento de un acta de infracci贸n en fecha 19 de febrero de 2016 con propuesta de sanci贸n grave por un importe de 6.250鈧 por realizar actos contrarios a los derechos de los trabajadores que fue ratificado por el Departament de Treball de forma definitiva el 6 de febrero de 2017, rechazando las alegaciones de la empresa, que curiosamente si le sirvieron en el juzgado de lo social.

Los hechos se remontan al mes de noviembre de 2015, cuando los trabajadores de Tarragona Clasificaci贸n, con la categor铆a de ayudantes ferroviarios se re煤nen en asamblea para exigir una rotaci贸n en la realizaci贸n de las funciones de conducci贸n restringida y por tanto un reparto justo de la prima por la realizaci贸n de las funciones de conducci贸n restringida, limitada al cobro de unos cuantos 鈥渆legidos鈥 en base al nefasto acuerdo de cuadros de servicio suscrito por empresa, UGT y CC.OO.

CGT entend铆a, y as铆 lo defendimos en el comit茅 provincial, que se deb铆a rotar y repartir de forma equitativa la prima existente a todos los trabajadores, por lo que pusimos a disposici贸n de los trabajadores afectados, afiliados y no afiliados, cobertura sindical y legal ante la negativa tajante de la empresa, y al bloqueo de UGT-CCOO a cualquier soluci贸n, ignorando y perjudicando incluso a sus propios afiliados.

CGT convoc贸, por decisi贸n de la asamblea de trabajadores, varias jornadas de huelga, la empresa con total prepotencia y chuler铆a no dud贸 en reventar, ordenando a otros trabajadores que no secundaban los paros la realizaci贸n de las tareas de los que si realizaban los paros. Todo ello con la inestimable colaboraci贸n de los sindicatos mayoritarios, en las que asistimos a vergonzosas escenas de delegados de UGT sustituyendo a los propios compa帽eros que secundaban la huelga, constituyendo un episodio de la falta de escr煤pulos de ciertos personajes amparados en organizaciones que no dudan en ponerse a favor de la empresa, situaci贸n a la que nos tienen lamentablemente acostumbrados.

La sentencia del TSJC afirma de forma rotunda en su fundamento de derecho tercero que 鈥濃 de lo anterior se colige que se ha producido la vulneraci贸n del derecho fundamental de huelga recogido en el art. 28.2 de la Constituci贸n Espa帽ola por cuanto las tareas que ten铆an encomendadas los actores, por constar previamente as铆 en el cuadro de servicio a cargo de trabajadores que se adhirieron a la huelga, fueron encomendadas a otros trabajadores, que ten铆an previstas, seg煤n el cuadro de servicio, la realizaci贸n de tareas distintas, en otras palabras, que a los trabajadores que no secundaron la huelga se le encomendaron las tareas de los trabajadores que si la secundaron, y ello a pesar del requerimiento efectuado por Inspecci贸n de Trabajo mediante informe de 11-12-2015, 鈥

La Sentencia finaliza fallando 鈥溾a vulneraci贸n del derecho fundamental a la libertad sindical y huelga de los actores y la nulidad radical de la conducta impugnada, as铆 como el derecho a ser indemnizados cada uno de los actores en la cantidad de 3000 euros por los da帽os morales sufridos, condenando a la demandada a su abono.鈥

Los siete compa帽eros deben de ser indemnizados y ADIF queda de nuevo retratada como empresa que vulnera derechos fundamentales. La sentencia no es firme y permite recurso de casaci贸n, cosa que sin duda interpondr谩 ADIF, acostumbrada a abusar de los derechos de los trabajadores y llevar su postura a las 煤ltimas consecuencias, aunque confiamos que se ratificar谩 la sentencia en el Tribunal Supremo.

Queda retratada ADIF y sus sindicatos-pandereta, a los que se les llena la boca de defensa de los trabajadores y se alinean con la empresa y en contra de los derechos fundamentales de los trabajadores. CGT luchar谩 hasta el final para que se haga justicia.

POR EL RESPETO DEL DERECHO FUNDAMENTAL DE HUELGA
隆VEN A LUCHAR CON CGT!


Comunicado                   
  











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