Comunicados
 
RENFE
49
30/06/2026
OEP COMERCIAL: AS脥 NO
 
Cuando una persona se presenta a una Oferta P煤blica de Empleo deposita tiempo, esfuerzo, dinero y expectativas en un proceso que debe garantizar igualdad, m茅rito y capacidad. Por eso, lo ocurrido en la OPE de Operador/a Comercial de Entrada N2 no puede tratarse como una simple incidencia. La situaci贸n generada en torno a la prueba psicot茅cnica ha abierto una duda que nunca debi贸 producirse en un proceso de acceso al empleo en una empresa p煤blica.
 
  COMUNICADO   Anexo         
 
 
 
 
ADIF
23/06/2026
48
UN BARCO EST脕 SEGURO EN EL PUERTO, PERO PARA ESO NO SE CONSTRUYEN LOS BARCOS
 
 
RENFE
23/06/2026
47
EL CONVENIO EN V脥A MUERTA (I). LA LOTER脥A DE LAS MOVILIDADES
 
ADIF
15/06/2026
46
驴D脫NDE EST脕N MIS ERREJOTAS? (CAP脥TULO II)
 
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Jurídica
Convenios
SERVEO
18/11/2024
I Convenio Colectivo entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauraci贸n y atenci贸n a bordo de los trenes y log铆stica para los trenes de transporte ferroviario de viajeros BOE, n煤mero 222, viernes 13 de聽septiembre聽2024
LOGIRAIL
01/01/2024
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras.
 
Legislación Laboral
CGT
01/03/2014
TEXTO CONSOLIDADO - BOE
CGT
14/12/2007
 
Legislación Ferroviaria
CGT
29/09/2015
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalizaci贸n del sector ferroviario.
CGT
18/07/2015
 


RENFE
EXAMENES MOVILIDAD FUNCIONAL EN RENFE
LA EMPRESA DEBE DE APLICAR LA NORMATIVA
136
2017-12-12

COMUNICADO             
  
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Hoy d铆a 12 se llevan a cabo los ex谩menes correspondientes a las convocatorias de movilidad funcional (ascensos) a los subgrupos profesionales de Operador Comercial Especializado N2 (Convocatoria PO 06/2017) y Operador Comercial Nivel 1 (Convocatoria PO 04/2017).

Las pruebas se realizan en turnos de ma帽ana y tarde en diversas residencias, concretamente en dependencias de Madrid, Barcelona,, M谩laga, Miranda, Murcia, Oviedo, Santiago, Sevilla, Valencia, Valladolid y Zaragoza.

A la gran mayor铆a de las/los trabajadoras/es que se presentan a las mismas, se les ha asignado un turno de examen no coincidente con el turno de trabajo que les corresponde, lo que significa en muchos casos que una vez finalizado el mismo, deber谩n incorporarse a sus puestos de trabajo, o que, una vez finalizado el turno de trabajo, deber谩n desplazarse para la realizaci贸n de las pruebas, o en su descanso, utilizando tambi茅n tiempo propio.

CGT recuerda a todas/os que la promoci贸n profesional es un derecho que se encuentra reconocido en el Estatuto de los Trabajadores ( art铆culo 4.2 b), adem谩s de estar regulada la asistencia a las pruebas en la Normativa Laboral vigente, en su art铆culo 435 鈥淧romoci贸n鈥, que de forma literal especifica que 鈥淎quellos trabajadores que se presenten a una Convocatoria de Ascenso o Pase tendr谩n derecho a obtener el d铆a o d铆as para la asistencia a examen, que ser谩 de licencia con sueldo, siempre y cuando superen la mitad de la puntuaci贸n exigida en la Convocatoria para el aprobado, y en caso de no obtenerse dicha puntuaci贸n el d铆a o d铆as ser谩n considerados como licencia sin sueldo.

A partir de la firma del XIV Convenio Colectivo, y en caso necesario, cuando el examen tenga lugar en residencia distinta a la del trabajador, se facilitar谩 el t铆tulo de transporte y los gastos de viaje que puedan derivarse del desplazamiento, si 茅ste se efect煤a a otra provincia distinta de la residencia del trabajador鈥.

Por lo tanto, desde CGT animamos a todos los participantes que cumplan los requisitos establecidos en la Normativa, que reclamen por escrito la compensaci贸n con un d铆a de licencia retribuida en el caso de superar la mitad de la puntuaci贸n exigida para el aprobado en la Convocatoria, y que en todo caso, reclamen, el importe del t铆tulo o t铆tulos de transportes utilizados para la asistencia a los ex谩menes. Tened claro que la empresa no lo va a hacer de oficio, y si nos callamos, se convierte en otro derecho que se llevan por delante.

En otro orden de cosas, y respecto al nefasto listado de Ordenaci贸n Profesional del personal de comercial publicado hace meses y al que presentamos un escrito de impugnaci贸n (ver comunicado n潞 潞116 de 16-10-2017), deciros que desde CGT hemos hecho gestiones para averiguar en que estado se encuentran las reclamaciones presentadas (unas 300), habi茅ndonos asegurado la Direcci贸n que las est谩n resolviendo y que se publicar谩 a la mayor brevedad un nuevo listado donde se reflejen las correcciones necesarias.

隆QUE NO TE TOMEN EL PELO!
LA PROMOCI脫N PROFESIONAL ES UN DERECHO
隆VEN A LUCHAR CON CGT!

隆AF脥LIATE A CGT, CONTIGO SOMOS M脕S FUERTES!


Comunicado                   
  











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