Comunicados
RENFE | 53 01/08/2026
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LA AFILIACIÓN DEL SFF-CGT SUSCRIBE EL IV CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO RENFE Desde la madrugada del miércoles, el Grupo Renfe cuenta con un nuevo preacuerdo de convenio colectivo.
No es que las partes decidieran madrugar para negociar, sino que la reunión iniciada el martes a las 10:00 finalizó pasadas las 5:00 de la mañana del día siguiente. Lo que parecía una inocente reunión cuyo orden del día era un lacónico “Estado del IV Convenio Colectivo” y cuyo material de trabajo eran unos borradores sobre los protocolos de acoso y desconexión digital se tornó en una vorágine de entregas de documentación para su análisis y respuesta cuasiinmediata.
Desde el SFF-CGT nos gustaría que el conjunto de organizaciones del Comité General de Empresa dejara de plegarse a estas prácticas coercitivas de la dirección. Como manifestamos in situ, la reunión debió haberse suspendido por la tarde para continuar en los días siguientes. Es imposible mantener durante horas una negociación rigurosa y hacer aportaciones de calidad a textos de decenas de páginas. Renfe lo sabe y las organizaciones mayoritarias lo permiten. Si tenían prisa por aprobar y remitir el convenio antes de agosto, que nos hubieran convocado una semana antes.
Pese a que las formas estuvieron muy lejos de ser las adecuadas, el fondo sí nos parecía aceptable, así que solicitamos valorar nuestra adhesión al preacuerdo. Nuestra organización, a diferencia de otras, consulta a su afiliación cuando hay que estudiar y considerar un convenio.
Tras este proceso participativo, la afiliación ha decidido ratificar el texto, valorando los avances que veníamos demandando públicamente y las mejoras transversales aplicables al conjunto de las personas trabajadoras:
• Protección del personal de Rodalies, tras incorporarlos al ámbito de aplicación del convenio.
• Desarrollo de la carrera profesional de los CGO: Clasificación profesional propia, largamente
demandada, que comprende funcionalmente todos los ámbitos y desarrolla el sistema retributivo.
• Nuevo sistema de primas variables: Traspaso de casi la mitad de la prima variable a un complemento
fijo que asegura el cobro de un importe significativo mes a mes.
• Nueva movilidad geográfica continua: Trazable, sin trabas injustificadas a la participación.
• Horas anuales remuneradas para especialistas y pruebas diagnósticas: 15 horas anuales, una carencia
histórica en Renfe frente al resto de la Administración Pública.
Aun así, este convenio incluye puntos que han generado controversia o que no son tan positivos como pretenden vender otras organizaciones. Somos conscientes de que quedan materias pendientes sobre las que será necesario seguir trabajando durante su vigencia y en los convenios futuros.
Por ello, nuestra organización participará activamente en todas las mesas en las que ahora tendremos presencia. Marcando prioridades, aportando, incidiendo, criticando y metiendo el dedo en la llaga como siempre. Aquí empieza un nuevo convenio.  COMUNICADO
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 RENFE 22/07/2026 | 52 PRIMER BALANCE DE LA CAMPAÑA SOBRE CLIMATIZACIÓN A BORDO DE LOS TRENES | RENFE 13/07/2026 | 51 OEP COMERCIAL: EMPRENDIENDO ACCIONES |
Jurídica
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Convenios SERVEO | 18/11/2024 | |
I Convenio Colectivo
entre la empresa Serveo servicios, Sau y las personas trabajadoras adscritas a los servicios de restauración y atención a bordo de los trenes y logística para los trenes de transporte ferroviario de viajeros
BOE, número 222, viernes 13 de septiembre 2024 |  | LOGIRAIL | 01/01/2024 | |
El presente convenio colectivo de empresa tiene por objeto regular las relaciones laborales entre LogiRAIL y las personas trabajadoras. |
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Legislación Laboral CGT | 01/03/2014 | |
TEXTO CONSOLIDADO - BOE |  | CGT | 14/12/2007 | |
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Legislación Ferroviaria CGT | 29/09/2015 | |
Ley 38/2015 de 29 septiembre de 2015 sobre liberalización del sector ferroviario. |  | CGT | 18/07/2015 | |
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RENFE-ADIF TRASVASE DEL CANAL DE VENTA. ACORDADA LA SUBROGACIÓN EMPRESARIAL | 63 2017-05-24 |
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 | Leido: 34 veces | En sendas reuniones (días 23 y 24 de mayo) se ha dado cumplimiento a lo que establece el art. 44 del R.D. Legislativo 2/2015 de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del E.T, relacionado con el Trasvase del Canal de Venta Presencial al Grupo Renfe Viajeros, así como la ratificación de todo el proceso negociador llevado a cabo entre las empresas ADIF/Grupo Renfe y sus Comités Generales de empresa.
En el transcurso de la reunión se ha hecho un resumen de todo el proceso negociador y los anexos que recogen los requisitos para la aplicación del citado art. 44, negociado, en los ámbitos de cada empresa; también hacen entrega de la relación nominal de los trabajadores que se trasvasan desde ADIF al Grupo Renfe.
En la parte referente al proceso en ADIF, ha existido unanimidad de acuerdo de todas las organizaciones que componen su CGE. En cuanto al CGE del Grupo Renfe se ha firmado por mayoría al no estar de acuerdo el SEMAF; esta organización argumenta su decisión en cuestiones relacionadas con la posibilidad de que los trabajadores que se integren en Renfe Viajeros puedan acogerse a las desvinculaciones y a la posible afectación que pudieran tener este trasvase al proceso electoral del próximo año 2019. Cada cual con su “racarraca” y los trabajadores que se “apañen”, pero lo cierto es que a pesar de no ser firmantes del acuerdo, se les permite participar en la mesa de seguimiento. Esperemos que este criterio se mantenga igual para todos en futuras ocasiones.
CGT ha manifestado su satisfacción por este acuerdo, teniendo en cuenta la incertidumbre que ha vivido este colectivo desde que en el año 2005, por aplicación de la nefasta Ley del Sector Ferroviario, le hubieran ubicado en la empresa equivocada y por el empeño de algunos en utilizarles para mejorar sus resultados electorales en ambas empresas.
A pesar de la satisfacción expresada, también hemos declarado que este proceso está inacabado y que quedan cuestiones relacionadas con condiciones laborales y retributivas que deben ser abordadas de manera ágil en las Comisiones de Seguimiento establecidas al efecto con el objetivo, entre otras cuestiones, de garantizar el empleo. También es exigible que la transitoriedad que establecen las direcciones para este proceso debe ceñirse al mínimo posible; lo contrario supondría agravios a muchos trabajadores en una y otra empresa.
¡CGT POR LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE L@S TRABAJADOR@S!
Comunicado

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